Consejo General del INE

 

 

En la actualidad, es necesaria la participación de organismos públicos autónomos que garanticen de forma adecuada la organización de las elecciones para el cambio de representantes populares, coadyuvando en la consolidación de la democracia en nuestro país.

Lo que se conoce como Instituto Nacional Electoral (INE), es el resultado de diversos procesos políticos y legislativos que culminaron para llegar a contar con un organismo sólido que es ejemplo a nivel nacional e incluso se ha tomado como modelo para implementarse en otros países de la región; es hoy por hoy, una de las instituciones más confiables con las que cuenta la sociedad mexicana.

El INE cuenta con un Consejo General, cuerpo colegiado integrado por diversos actores que lo hacen tomar decisiones de manera plural con los acuerdos necesarios para que su funcionamiento beneficie y cumpla con las expectativas de la mayoría de sus integrantes, que a su vez son los representantes de las fuerzas políticas acreditadas legalmente ante esa instancia.

De acuerdo a información obtenida en la página oficial del propio INE,  el Consejo General es el: órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad guíen todas las actividades del Instituto.

Para conocer con más detalle sus atribuciones, enunciaremos brevemente como está integrado y cuáles son sus funciones, mismas que se encuentran plasmadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) y en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LEGIPE).

Los integrantes del Consejo General con derecho a voz y voto son 1 Consejero Presidente y 10 Consejeros Electorales. Los integrantes con voz pero sin voto son: Los Consejeros del Poder Legislativo. Uno por cada fracción parlamentaria representada en el Congreso de la Unión. Los representantes de los partidos políticos nacionales. Uno por cada partido que cuente con reconocimiento legal. (1)

 

El Consejo General del INE se encuentra compuesto por ocho comisiones, que son órganos colegiados integrados por los consejeros electorales, cuyo principal objetivo es la atención de los asuntos responsabilidad del Instituto y para el buen funcionamiento de los procesos electorales, dividen sus tareas en: Capacitación Electoral y Educación Cívica; Organización Electoral; Prerrogativas y Partidos Políticos; Servicio Profesional Electoral Nacional; Registro Federal de Electorales; Quejas y Denuncias; Fiscalización; Vinculación con los Organismo Públicos Locales. (2)

Sin embargo, el Consejo General tiene atribuciones para integrar Comisiones temporales, si es que se consideran necesarias, mismas que estarán presididas por un Consejero Electoral para el adecuado desarrollo de sus funciones. Así mismo, el  Instituto contará con un Secretario Ejecutivo que será nombrado por los integrantes de la Cámara de Diputados a propuesta del Consejero Presidente.

Dadas las características de un organismo como el INE, sus funciones y atribuciones son numerosas para operar de manera eficiente, enunciaremos algunas de ellas con la finalidad de que el lector tengan un mayor panorama de la actividad de esta importante institución: aprobar y expedir los reglamentos interiores necesarios para el debido ejercicio de las facultades y atribuciones del Instituto; designar a los directores ejecutivos y de unidades técnicas del Instituto, a propuesta que presente el Consejero Presidente; designar y remover, en su caso, a los presidentes y Consejeros Electorales de los Organismos Públicos Locales; conocer y aprobar los informes que rinda la Comisión de Fiscalización; aprobar el calendario integral del proceso electoral federal, a propuesta de la Junta General Ejecutiva; los modelos de las credenciales para votar con fotografía que se expidan en el territorio nacional, así como en el extranjero; el de las boletas electorales, de las actas de la jornada electoral y los formatos de la demás documentación electoral. (3)

Como se puede observar, el INE es una institución compleja y de innumerables responsabilidades, en constante observación por la sociedad, por ello, y ante los excelentes resultados del reciente proceso electoral se considera de vital importancia su permanencia, su constante evolución y modernización para que siga siendo ejemplo de organización basado en los principios rectores de: certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad y objetividad.

 

 

M. en D. Raúl Flores Bernal

Catedrático Universitario

Especialista en Derecho Electoral y DDHH.

 

 

 

(1) https://www.ine.mx/sobre-el-ine/estructura-organica/

(2) Ibidem.

(3) Articulo 44, sección segunda “De las atribuciones del Consejo General“, CAPITULO II “De los Órganos Centrales” de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

 

 

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