Se llevó a cabo en el TEEM la segunda sesión sobre el Procedimiento Especial Sancionador (PES), en coordinación con la Sala Regional Especializada del TEPJF

El día de hoy en el Tribunal Electoral del Estado de México, tuvo lugar la segunda sesión de capacitación en materia del Procedimiento Especial Sancionador (PES); con el tema “Procedimiento Especial Sancionador y Redes Sociales” impartido por el Mtro. Francisco Martínez Cruz, Coordinador de la Ponencia del Magistrado Luis Espíndola Morales, de la Sala Regional Especializada del TEPJF.

Quien resaltó, que las redes sociales son una herramienta de uso generalizado en la actualidad, hoy conocimos su impacto en los procesos electorales, ya que toda persona puede hacer proselitismo a favor de cualquier ideología política, e influir en las opiniones de los ciudadanos ante los próximos comicios.

El Mtro. Martínez Cruz, refirió que los organismos jurisdiccionales cuentan con el Procedimiento Especial Sancionador, mismo que está diseñado para atender y revisar las denuncias de cualquier ciudadano en esta materia.

Así mismo, mencionó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, cuenta con criterios establecidos para atender de manera eficiente cualquier diferencia que se suscite entre los actores políticos y que sea del conocimiento de este órgano jurisdiccional.

A todas luces, y ante el incremento exponencial del uso de las redes sociales en todos los ámbitos de la vida pública, se hace urgente y necesario legislar en la materia, para proteger la privacidad de niñas, niños y adolescentes en campañas políticas y evitar difamar a personas por este medio, sobre todo cuando se hace a través de un perfil falso en las redes sociales, circunstancia, que hace difícil dar seguimiento a esta conducta negativa para poder sancionar al infractor.

En su intervención el Magistrado Presidente del TEEM, M. en D. Raúl Flores Bernal, señaló que el Procedimiento Especial Sancionador (PES), fue creado por la Reforma Constitucional de 2007, y modificada en el año 2014 con el propósito de prevenir o sancionar las conductas que contravengan las normas sobre propaganda política o electoral, así como los actos anticipados de precampaña o campaña.

Resaltó que con la creación en el año 2014, de la Sala Regional Especializada del TEPJF, se instauro un modelo novedoso para la resolución de los Procedimientos Especiales Sancionadores en sede jurisdiccional, con el propósito de que las contiendas electorales se desarrollen con imparcialidad, equidad y certeza jurídica; sobre todo porque la materia de controversia se refiere a los límites de la libertad de expresión política electoral, frente al principio constitucional de equidad del proceso comicial.

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