Liberación animal

El cautiverio y el maltrato animal son insoportables para una sociedad civil que desea vivir en un marco de concordia y respeto a las leyes. Todos los animales cautivos son nuestros prisioneros, y los zoológicos, establos, fábricas de alimentos y laboratorios son sus prisiones o lugares de exterminio. La noción de sufrimiento es más amplia que la de dolor. El dolor es el sufrimiento inmediatamente físico que acompaña a la herida, lesión o enfermedad. El sufrimiento es más amplio y se expresa a través de hambre, sed, frío, miedo, ansiedad, estrés, pena, disgusto, soledad, aburrimiento y frustración. El perro herido sufre dolor, pero el perro abandonado por sus dueños sufre ansiedad y congoja, si es alejado de la hembra receptiva sufre frustración y si se le impide jugar o correr experimenta un malestar sordo y continuo. No sólo sufrimos cuando algo nos duele, sino también cuando no alcanzamos lo que deseamos u ocurre lo que aborrecemos. El gran Buda afirmó: “todo deseo insatisfecho es sufrimiento y frustración”.

Por ello, resulta socialmente relevante el amparo en revisión RA.461/2019 del 4 diciembre 2019 interpuesto por la Fundación FREDCA A.C., mejor conocida como Frente Ciudadano Pro Derecho Animal, contra la autorización otorgada por Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno CDMX, para vender animales en mercados móviles en la modalidad de tianguis, bazares y complementarios: “otorgado mediante el artículo 10, numeral 29, párrafo segundo, de los lineamientos de operación de mercados móviles (…) lo cual resulta ilegal al violentar la prohibición expresa del artículo 25, fracción V y XXI de la Ley de Protección a los Animales de la Ciudad de México, lo que evidentemente ocasiona la violación al derecho fundamental a la buena administración y a las garantías constitucionales de legalidad y seguridad jurídica que debe regir el actuar de todas las autoridades”.

La resolución a dicho juicio de amparo por parte del Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito estableció que tanto la Ley de Protección a los Animales como la primera Constitución Política CDMX, sí establecen regulaciones específicas en el tema de la protección animal que expresamente prohíben su venta en la vía pública. Y que además dichos instrumentos jurídicos: “reconocen a los animales como seres sintientes y, por lo tanto, deben recibir trato digno, motivo por el que en la Ciudad de México toda persona tiene un deber ético y obligación jurídica de respetar la vida y la integridad de los animales”. El Órgano Jurisdiccional también hace suyo el criterio emitido por distintos Tribunales Colegiados que establece: “la protección de la vida debe hacerse extensiva a los animales en términos del artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que es obligación de las autoridades proteger y maximizar los derechos humanos que, per se, implican y trascienden a la vida de un ser vivo, con independencia de su especie”. En virtud de los razonamientos expuestos la Justicia Federal procedió a conceder amparo y protección para que se dejen de vender animales en la vía pública.

No obstante, es hora de que Claudia Sheinbaum no ha cumplido con el mandato judicial, quizá debido a la pésima interpretación formulada por su incompetente Consejería Jurídica, por lo que esta semana el Décimo Tercer Juzgado de Distrito en Materia Administrativa deberá emitir resolución respecto de tal incumplimiento. Resulta vergonzoso que la Ley se aplique a conveniencia por parte de los gobernantes.

@isidrohcisneros 

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