SCJN permite el embargo parcial de Afores para garantizar pensiones alimenticias

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SCJN avala medidas especiales para cumplir con pensiones alimenticias
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que, bajo circunstancias específicas, los recursos de las cuentas de Afore podrán ser utilizados para garantizar el pago de pensiones alimenticias. La medida busca proteger el derecho de niñas, niños y adolescentes cuando el deudor alimentario no cuenta con otra fuente de ingresos o bienes para cubrir esta obligación.
El criterio se derivó del amparo en revisión 652/2024, en el cual se analizó el caso de un trabajador desempleado que debía cumplir con una pensión alimenticia. El máximo tribunal consideró que, en situaciones excepcionales, es posible disponer de una parte de los ahorros para el retiro sin que ello afecte la finalidad principal de estos fondos.
Límites y condiciones
El alcance de la decisión establece límites claros:
- El embargo solo procede si el deudor está desempleado y no dispone de otros bienes embargables.
- El monto se ajustará a lo que ya prevé la ley para retiros por desempleo: el menor entre 75 días de salario básico promedio de los últimos cinco años o 10 % del saldo de la subcuenta.
- En primer lugar, se tomarán recursos de las aportaciones voluntarias; en caso de no ser suficientes, se recurrirá a la subcuenta de retiro.
- La orden debe ser emitida por un juez, previa verificación de que se cumplan las condiciones legales.
De esta manera, la Corte no elimina la protección de las Afores frente a embargos, sino que precisa que existen excepciones cuando está en juego el interés superior de la niñez.
Alcance para trabajadores y pensionados
Aunque el caso analizado involucró a un trabajador del ISSSTE, especialistas señalan que este criterio podría aplicarse también a afiliados al IMSS y a pensionados que se encuentren en una situación similar.
El fallo representa un ajuste en la interpretación de la ley, al reconocer que el derecho a recibir alimentos puede ser prioritario frente a la inembargabilidad absoluta de los fondos para el retiro.
Una medida de equilibrio
La resolución de la SCJN busca un equilibrio entre la protección del ahorro para el retiro y la garantía del bienestar de los menores. Si bien las Afores continúan siendo un patrimonio protegido, la excepción abre la puerta a atender casos urgentes y excepcionales en los que la obligación alimentaria no pueda cubrirse de otro modo.
Este nuevo criterio servirá como referente para jueces y tribunales en futuros casos, además de implicar ajustes en los procedimientos de las Afores para dar cumplimiento a órdenes judiciales específicas.
