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Rechazan nulidad por falta de pruebas determinantes

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) validó la elección de la Suprema Corte, al considerar que no existían pruebas suficientes para anular los resultados. Con una votación dividida de tres votos contra dos, el Pleno desechó los proyectos que proponían declarar la nulidad de los comicios.

Los magistrados Felipe Alfredo Fuentes Barrera, Felipe de la Mata Pizaña y la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso votaron en contra de anular la elección, mientras que Reyes Rodríguez Mondragón se pronunció a favor de la nulidad y Jeanine Otálora Malassis presentó un voto particular en el mismo sentido. De esta forma, el Tribunal concluyó que los señalamientos no cumplían con el estándar jurídico necesario para revertir el proceso.

Durante la sesión, la presidenta Soto Fregoso defendió la validez de la elección y argumentó que “no se puede subestimar la inteligencia de la ciudadanía”. Asimismo, enfatizó que no se pueden invalidar los comicios solo con base en datos estadísticos sin contar con evidencia directa que confirme un impacto determinante en los resultados.

Impugnaciones por presunto uso de acordeones

La sesión comenzó a las 14:00 horas, tras un retraso respecto al horario originalmente anunciado. Entre los temas a resolver se encontraba un centenar de impugnaciones, entre ellas aquellas relacionadas con el supuesto uso masivo de “acordeones” —materiales propagandísticos prohibidos— que habrían sido distribuidos de manera sistemática durante la jornada electoral.

El proyecto del magistrado Reyes Rodríguez proponía declarar la nulidad total de la elección, bajo el argumento de que existió una estrategia ilícita, coordinada y generalizada para influir en el voto. Su propuesta incluía la revocación de los acuerdos del Instituto Nacional Electoral (INE), ordenar al Senado convocar a una elección extraordinaria, y dar vista al INE para investigar la impresión y distribución de los acordeones, así como eventuales responsabilidades administrativas.

Sin embargo, los magistrados que votaron por validar la elección consideraron que las pruebas presentadas no demostraban un impacto suficientemente determinante como para justificar la nulidad. Según sus argumentos, la existencia de propaganda prohibida no es motivo suficiente para anular toda una elección si no se acredita su influencia directa en los resultados.

Decisión cierra un proceso polémico

Con esta resolución, la Sala Superior del TEPJF cierra uno de los episodios más controversiales del proceso electoral judicial, marcado por denuncias de irregularidades y una intensa discusión jurídica sobre los límites de la fiscalización electoral.

La validación de la elección de la Suprema Corte ratifica el actuar del Instituto Nacional Electoral y garantiza la continuidad institucional del máximo órgano judicial del país. A pesar de las críticas, la mayoría de los magistrados optó por preservar la certeza jurídica, en ausencia de pruebas contundentes de una alteración estructural del voto.