El razonamiento jurídico

Por: Daniel Vergara.

 

Hay diversos mecanismos y soluciones para aprender a razonar jurídicamente, se requiere demasiado trabajo de investigación en diversas materias de apoyo como la filosofía, lógica, psicología, etc., abordando el tema de sí los métodos de razonamiento y la argumentación de los abogados y jueces son realmente diferentes a los que emplea la gente común.

Se deben dominar los temas que se exponen con las reglas comunes del pensamiento y la opinión judicial, la forma en que se establecen las leyes y la interpretación de los estatutos, la aptitud del abogado es más compleja, inclusive cuando suele operar con una metodología, frecuentemente su mente es capaz de ser creativa y cambiar un modelo por otro; porque a su juicio interno es apto de comprenderlo bajo esos parámetros, en ello consiste el fascinante mundo de la creatividad jurídica.

Quisiera declarar desde un panorama meramente legal como postulante; pero el hombre  efectivamente vive en el mundo por sus propias nociones culturales y las costumbres de su sociedad. Y es ahí donde juega un papel muy importante la relación entre la psicología y el derecho, pues socialmente e intelectualmente, así como emocionalmente, nace su guion, el saber de los juristas no es sistemático en su origen, aunque posteriormente ellos echen mano de conceptos formales para expresarlo.

El razonar jurídico, inicia a partir de coyunturas que la propia apreciación del abogado plantea a modo de hipótesis y es importante resaltar, efectivamente que la sola garantía de la experiencia acumulada en la vida profesional, académica, conocimientos, aptitudes y actitudes asimilados por nosotros mismos, se integra como un fondo acumulador de saber.

La psiquis de los juristas trabaja de forma inconsciente, efectivamente podemos realizar ejercicios para llevar a cabo consideraciones encaminadas a la práctica, también refiero que en primer momento el abogado se maneja por la intuición y en la cabeza del mismo se crea la comprensión del problema a resolver, sin necesidad de que se haya planteado todavía ante el juzgado.

En el campo de derecho, se pueden tener todas esta aptitudes para llevarlas a la vida personal, pero se deben complementar con la comprensión y el estudio constante; con la búsqueda invariable de jurisprudencias y temas relacionados con él juicio a resolver, es cuando la mente del abogado empieza a trabajar buscando las soluciones más creativas gracias al raciocinio análogo de factores de otros campos del conocimiento; si por otra parte existieran los límites culturales y mediáticos, estos mismos se pueden subsanar con el estudio y compromiso del jurisconsulto.

A diferencia, la inteligencia es por definición la adaptación a situaciones nuevas y por consiguiente reconstruye continuamente sus estructuras, se podría decir que la inteligencia de los seres humanos se mide por medio del coeficiente intelectual con el que se nace, es donde mi discernimiento, aunado a la dedicación y al amor que se tenga por la profesión; se tendrán que resolver las situaciones y los problemas que se le presenten al abogado en su práctica, toda vez que la inteligencia jurídica consiste en recategorizar la percepción para comprender nuevas situaciones legales y lícitas, donde el estímulo externo esta conducido o simulado hacia los exteriores.

El argumento, será la pieza clave y herramienta primordial para cualquier debate, por eso es de suma importancia crecer en aprendizaje, experiencia e inteligencia para poder desarrollar un excelente razonamiento jurídico llevado a la práctica y convertirse en un experto en derecho al momento de buscar palabras unidas de cierta manera y orientarlas a ciertas causas.

Haciendo referencia a Jules Simon, en su obra Le devoir, donde recuerda la noble actitud de un magistrado de gran siglo, Chamillard, que fue ministro de Luis XIV.

“Había llevado al parlamento un proceso que acababa de ser juzgado. El perdidoso vino a verle y deplorando su ruina se quejaba de haber sido condenado, volviendo siempre, a cierto documento que, en su concepto debería hacerle ganar el pleito. Chamillard que le escuchaba con paciencia y dulzura, le dijo que en efecto hubiese ganado, si tal documento se hubiere exhibido, pero que no se hallaba en el expediente. Insiste el litigante, se discute y por fin Chamillard abre el bolso y en el encuentra el documento capital, que cambiaba la faz del asunto y que por negligencia había omitido leer.”

 

A lo que concluimos, para el letrado principiante y modesto, éste no debe temer al enfrentarse delante de su contendiente, incluso si es uno de los profesionistas de renombre en el ámbito de la abogacía y su conciencia no podrá quedar satisfecha, sino cuando ha dicho todo lo que debía argumentar, ante su señoría, a favor de su representado.

Por su parte; Piero Calamandrei apreciaba que: “Optimo es el abogado de quien el juez, terminada la discusión, no recuerda ni los gestos, ni la cara, ni el nombre; pero recuerda exactamente los argumentos que, salidos de aquella toga sin nombre, harán triunfar la causa del cliente”.

Abogado Penalista, especialista en Derechos Humanos

@DanielV13802115