CAMe activa Fase 1 de Contingencia Ambiental en Zona Metropolitana del Valle de México

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) activó la Fase 1 de Contingencia Ambiental por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México, esta decisión se tomó tras el registro a las 16:00 horas del día de hoy de concentraciones máximas de ozono de 162 ppb y 156 ppb en las estaciones de monitoreo Santa Fe y Merced, respectivamente ubicadas en las Alcaldías de Cuajimalpa y Cuauhtémoc de la Ciudad de México.

La influencia de un sistema de alta presión sobre la Zona Metropolitana del Valle de México se fortaleció durante el día, incrementando la estabilidad atmosférica, la presencia de viento débil y la incidencia de una intensa radiación solar que favoreció la formación de ozono combinado con el transporte de los contaminantes hacia la zona Suroeste del Valle de México.

Claudia Sheinbaum, jefa de Gobierno de la Ciudad de México señaló que los capitalinos deberán permanecer  atentos y evitar actividades al aire libre.

 

Como medidas para contrarrestar esta situación, m añana miércoles 30 de marzo, deberán suspender su circulación en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:

a)    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
b)    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación tipo 1 cuyo último dígito numérico sea 2, 3, 4, 6, 8, y 0, así como  aquellos cuya matrícula esté conformada sólo por letras.
c)    Los vehículos de uso particular con holograma de verificación “0 y 00”, engomado rojo, terminación de placa 3 y 4 .
d)    Los vehículos con matrícula foránea de uso particular que no porten holograma de verificación o que tengan holograma tipo 1 o 2.
e)    Los vehículos con matrícula foránea de uso particular con holograma  “00” ó “0”   engomado rojo, terminación de placa 3 y 4.
f)    Las unidades que transportan gas licuado de petróleo (pipas y/o semi remolques) cuya matrícula sea PAR.
g)    Los vehículos de carga local o federal dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas., con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o EDOMEX.
h)    Los Taxis con holograma de verificación “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  a) y b) les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.