Contribuyentes pueden obtener devolución al ingresar estos gastos médicos, según lo precisado por el Servicio de Administración Tributaria
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha proporcionado información detallada sobre qué gastos médicos son deducibles en la Declaración Anual, ofreciendo a los contribuyentes la oportunidad de obtener una devolución al presentar estos gastos ante la autoridad fiscal.
Según lo detallado por el SAT, los gastos médicos que se pueden deducir en la declaración anual incluyen una variedad de conceptos, entre ellos:
- Honorarios médicos, dentales, psicológicos o nutricionales.
- Gastos hospitalarios.
- Medicinas incluidas en facturas de hospitales.
- Honorarios a enfermeras.
- Análisis o estudios clínicos.
- Prótesis.
- Compra o alquiler de aparatos para el restablecimiento o rehabilitación del paciente.
- Lentes ópticos graduados.
- Primas por seguros de gastos médicos.
- Gastos por salud derivados de incapacidades o discapacidades mayores a 50% de la capacidad normal, siempre que se cuente con el certificado o la constancia correspondiente expedida por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud.
El SAT recuerda que estos gastos médicos son deducibles tanto para el contribuyente como para familiares directos, como cónyuge, concubino, padres, abuelos, hijos y nietos, siempre y cuando no hayan percibido ingresos superiores al salario mínimo anual.
Para presentar estos gastos médicos ante el SAT, es necesario que estén respaldados por facturas emitidas por personas con título profesional y que se hayan pagado mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjeta de crédito, débito o servicios.
El SAT pone a disposición de los contribuyentes una liga con más información sobre las deducciones personales para facilitar el proceso de declaración.
Con esta clarificación proporcionada por el SAT, los contribuyentes podrán realizar su Declaración Anual de manera más informada y aprovechar los beneficios fiscales disponibles para gastos médicos.