Se presenta Artículo 19 “Amicus curiae” ante la SCJN contra la polémica “Ley Serrano” en San Luis Potosí

Ley Serrano

Presenta Artículo 19 “Amicus curiae” ante la SCJN contra la polémica “Ley Serrano” en San Luis Potosí

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La organización civil argumenta que las reformas sobre Inteligencia Artificial vulneran la libertad de expresión y criminalizan la crítica periodística

En un esfuerzo por frenar lo que activistas y defensores de derechos humanos consideran una herramienta de censura indirecta, la organización internacional Artículo 19 formalizó su intervención ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La agrupación presentó un escrito de Amicus curiae para exigir la inconstitucionalidad de las reformas al Código Penal de San Luis Potosí, popularmente conocidas como la “Ley Serrano” o “Ley IA”.

El recurso técnico respalda la Acción de Inconstitucionalidad 132/2025 promovida originalmente por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), luego de que el Congreso local aprobara dichas adiciones a finales de 2025. De acuerdo con los expertos, los artículos vigentes carecen de precisión técnica y abren la puerta al uso arbitrario del derecho penal contra periodistas, creadores de contenido y voces disidentes.

Los ejes de la impugnación legal

El documento presentado ante el Máximo Tribunal del país expone detalladamente las deficiencias normativas y los riesgos que representa esta legislación para el ejercicio de la libre expresión:

  • Falta de taxatividad penal: La ley no define con claridad conceptos técnicos elementales como “contenido sintético” o “generado artificialmente”, dejando a criterio de la fiscalía local qué tipo de material es considerado un delito.

  • Criminalización de la sátira y el periodismo: Al tipificar conductas que presuntamente provocan “alarma social” o afectan la “confianza pública en las instituciones”, se corre el riesgo de perseguir penalmente caricaturas, memes, parodias o investigaciones periodísticas sobre corrupción.

  • Uso faccioso de la norma: Artículo 19 señaló que figuras de la política local, dependencias de seguridad y la Guardia Civil Estatal han utilizado este marco legal para iniciar carpetas de investigación contra comunicadores incómodos.

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Antecedentes de persecución en el estado

El debate en torno a la “Ley IA” cobró relevancia luego del arresto y procesamiento de las periodistas Eréndira Reyes Aguillón y Alejandra Hermosillo. Aunque ambas obtuvieron su libertad para continuar sus procesos fuera de prisión tras la presión social y federal, el caso encendió las alarmas de los gremios informativos.

Hasta la fecha, se contabilizan al menos 11 personas sujetas a investigación bajo estas normativas por realizar o replicar publicaciones digitales. Comunicadores locales vinculan este incremento en el acoso judicial con la proximidad de los reacomodos políticos rumbo al proceso electoral estatal.

Análisis del paquete de reformas impugnadas:

Artículo Modificado Contenido de la Reforma (2025) Riesgo Identificado por Expertos
Artículo 187 Ter Regula la difusión de contenidos digitales no especificados de forma ambigua. Deja a interpretación ministerial y discrecional qué conductas son delictivas.
Capítulo V (272 Bis) Tipifica el “Uso indebido de inteligencia artificial para provocar alarma social”. Se puede utilizar para castigar memes, parodias o videos satíricos de funcionarios.
Artículo 272 Ter Sanciona conductas que afecten de forma directa la “confianza pública en las instituciones”. Criminaliza el periodismo de investigación y las denuncias ciudadanas de corrupción.

El fallo que emitan las y los ministros de la Suprema Corte sentará un precedente histórico en el país respecto a los límites del Estado para regular las nuevas tecnologías sin atropellar las garantías individuales, asegurando que la innovación digital no se convierta en un mecanismo de censura.

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