México obtiene victoria en arbitraje internacional frente a la minera Silver Bull ante el CIADI
México obtiene victoria en arbitraje internacional frente a la minera Silver Bull ante el CIADI
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¿De qué se acusaba al Estado mexicano en este litigio?
La Secretaría de Economía informó que el Estado mexicano ganó un caso de arbitraje internacional iniciado por la firma estadounidense Silver Bull Resources, Inc. (Silver Bull). La empresa minera había presentado una reclamación en junio de 2023 por una cantidad superior a los 315 millones de dólares en contra de México. El proceso legal se condujo bajo el amparo del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), una institución del Banco Mundial abocada a dirimir controversias entre inversionistas y Estados.
Los argumentos del conflicto en Coahuila
Disputa por concesiones y bloqueo social en Sierra Mojada
El origen de la controversia radicaba en una serie de concesiones mineras que Silver Bull adquirió entre 1996 y 2002 en el municipio de Sierra Mojada, Coahuila, operadas a través de su filial Minera Metalín S.A. de C.V.:
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Postura de la empresa: Silver Bull alegaba que, a partir de septiembre de 2019, una cooperativa minera de la región frustró el desarrollo de su proyecto minero contando con el supuesto apoyo de los funcionarios gubernamentales locales.
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Defensa de México: El Estado mexicano argumentó que las autoridades de Coahuila actuaron de manera razonable ante el conflicto social surgido entre los pobladores de Sierra Mojada y la minera. Asimismo, sostuvo que las reclamaciones ya habían prescrito o se encontraban fuera del alcance del TLCAN, y señaló que la compañía carecía de la capacidad técnica y financiera idónea para arrancar las operaciones del proyecto.
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La resolución unánime del Tribunal Arbitral
Desestimación de cargos y orden de reembolso a favor de México
El 29 de mayo de 2026, el Tribunal Arbitral emitió un fallo por unanimidad en favor de México, desestimando en su totalidad las exigencias de Silver Bull debido a las siguientes determinaciones técnicas:
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Falta de competencia: El Tribunal dictaminó que carecía de la competencia legal necesaria para resolver la controversia presentada.
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Inexistencia de omisión estatal: Se rechazó formalmente la acusación de que el Estado de México hubiera promovido o respaldado el bloqueo del proyecto minero.
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Temporalidad vencida: Las autoridades arbitrales concluyeron que los acontecimientos invocados por la firma norteamericana sucedieron fuera del periodo de tiempo en el que legalmente podían ser evaluados bajo el marco normativo del TLCAN.
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Condena en costas: A raíz del veredicto, se ordenó a Silver Bull rembolsar al Estado mexicano una suma relevante de dinero por concepto de los gastos y costos generados durante el proceso de arbitraje.
Defensa jurídica e implicaciones para la inversión
La representación legal de México estuvo a cargo de funcionarios adscritos a la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, quienes contaron con la asesoría especializada de las firmas jurídicas Tereposky & DeRose LLP y Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP.
De acuerdo con la Secretaría de Economía, este fallo representa una victoria clave que robustece la certeza jurídica en materia de inversión internacional, pues ratifica los límites de las obligaciones de México en los tratados y deja en claro que los problemas de orden social locales en controversia no eran imputables al Estado. El laudo se encuentra en una etapa de revisión para resguardar datos confidenciales y, posteriormente, será publicado de manera íntegra en el portal oficial del CIADI.
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