Por la defensa de la soberanía nacional; fuera vendepatrias.

ricardo peralta columnista

Ricardo Peralta

Uno de los espacios más representativos de la memoria histórica nacional es el Museo Nacional de las Intervenciones, ubicado en el exconvento de Churubusco, escenario de la defensa encabezada por el general Pedro María Anaya. Este recinto documenta episodios determinantes, como la guerra de 1846-1848, que implicó la pérdida de más de 50% del territorio nacional, así como las intervenciones de 1914 en Veracruz y la Expedición Punitiva de 1916. Estos hechos consolidan una constante histórica: la defensa de la soberanía frente a injerencias extranjeras. En ese contexto, el concepto de “vendepatria” alude a quienes favorecen intereses externos en detrimento del Estado mexicano.

La relación con Estados Unidos ha estado marcada por tensiones estructurales desde el siglo XIX, expresadas en presiones políticas, económicas y militares. México ha respondido mediante instrumentos diplomáticos y jurídicos, consolidando principios como la autodeterminación de los pueblos y la solución pacífica de controversias, pilares del derecho internacional público.

Durante los gobiernos del PRI y del PAN se implementaron esquemas de cooperación en seguridad que permitieron la participación de agencias extranjeras en territorio nacional. Aunque se justificaron como estrategias contra amenazas transnacionales, evidenciaron vacíos en los mecanismos de control institucional y en la protección de información estratégica.

A partir de 2018, con el gobierno de Andrés Manuel López Obrador se redefinió el modelo de cooperación internacional bajo el principio de respeto irrestricto a la soberanía. Esta política ha sido continuada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, estableciendo reglas claras para la actuación de agentes extranjeros, subordinadas al marco jurídico mexicano y bajo supervisión institucional.

En el ámbito jurídico, la defensa de la soberanía se sustenta en los artículos 39 y 40 constitucionales, así como en la tipificación de la traición a la patria en el Código Penal Federal. Este delito sanciona conductas que comprometan la independencia, integridad y estabilidad del Estado, incluyendo la colaboración indebida con gobiernos extranjeros.

El principio de no intervención se mantiene como eje rector de la política exterior mexicana, garantizando el derecho de cada nación a definir su sistema político y su desarrollo sin imposiciones externas. Esta postura ha permitido a México sostener una posición consistente en foros internacionales.

Sin embargo, en el debate público, sectores de la oposición y ciertos medios han promovido narrativas que justifican la intervención extranjera en materia de seguridad. Estas posturas, carentes de sustento jurídico sólido, reproducen esquemas de dependencia y minimizan la capacidad institucional del Estado mexicano.

En este contexto, destaca la controversia en torno a la gobernadora de Chihuahua, María Eugenia Campos Galván, por señalamientos de colaboración con agentes de la Central Intelligence Agency que fallecieron en territorio nacional realizando actividades fuera de los canales oficiales autorizados. Este hecho podría configurar un ilícito federal, al implicar la actuación de agentes extranjeros sin apego al marco normativo mexicano. El caso tendrá implicaciones tanto en el ámbito diplomático como en el judicial.

La defensa de la soberanía nacional no es una consigna retórica, sino un principio jurídico e histórico que define la actuación del Estado mexicano frente a cualquier forma de injerencia externa.


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