¿Por qué tu sueldo no sube aunque aumente el salario mínimo?
Lo que establece la Ley Federal del Trabajo sobre los incrementos
El incremento al salario mínimo entrará en vigor el 1 de enero de 2026 y beneficiará a millones de personas cuyo ingreso se mantiene por debajo del monto fijado por la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami). Sin embargo, no todos los trabajadores verán reflejado este aumento en su nómina, lo que ha generado dudas sobre cómo funciona la regulación salarial en México.
De acuerdo con el Artículo 90 de la Ley Federal del Trabajo, el salario mínimo corresponde al pago básico que debe recibir un trabajador para cubrir necesidades esenciales, incluida la educación de los hijos. Este monto funciona como un piso legal y no como una referencia obligatoria para quienes ganan por encima de ese nivel.
Para conocer otros cambios laborales recientes y cómo impactan en los trabajadores, puedes consultar análisis complementarios como este publicado en Cadena Política:
➡️ https://cadenapolitica.com/wp-admin/post.php?post=632242&action=edit
Salario mínimo y salario contractual: por qué no suben al mismo tiempo
La ley distingue dos tipos de salario:
salario mínimo, fijado por la Conasami; y salario contractual, que se establece de forma individual o colectiva en un contrato laboral.
Por ello, aunque el salario mínimo aumente, las empresas no están obligadas a subir automáticamente el sueldo de quienes ya perciben una cantidad superior. El salario contractual depende de factores como:
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Condiciones del mercado laboral
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Tabuladores internos de cada empresa
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Negociaciones individuales o sindicales
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Revisión anual por inflación o desempeño
Mientras que el salario mínimo sube por mandato legal, el salario contractual solo cambia cuando:
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Queda por debajo del nuevo mínimo fijado por Conasami.
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El contrato incluye cláusulas que vinculan ambos salarios.
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Existen negociaciones directas entre trabajador y empleador.
¿Quiénes sí reciben el aumento al salario mínimo?
A partir de 2026, los nuevos montos quedan así:
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Salario mínimo general: de 278.80 a 315.04 pesos diarios.
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Zona Libre de la Frontera Norte: de 419.88 a 440.87 pesos diarios.
El aumento aplica únicamente a quienes ganan por debajo de estas cifras. En estos casos, la empresa debe ajustar el pago de forma obligatoria y automática.
Por el contrario, quienes perciben ingresos superiores no reciben un ajuste inmediato, ya que la ley no contempla un aumento generalizado. En estos salarios, cualquier incremento depende de factores internos de cada centro de trabajo.
¿Qué hacer si tu sueldo queda por debajo del nuevo mínimo?
Si tu ingreso final no cumple con el salario mínimo vigente, puedes presentar una queja ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), ya que ningún empleador puede pagar menos del monto autorizado por ley.
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