Durango tipifica la violencia vicaria como delito

Durango violencia vicaria delito

Reforma busca proteger a mujeres y menores

El Congreso de Durango aprobó por unanimidad las reformas a los Códigos Civil y Penal del estado para tipificar la violencia vicaria como delito. Con esta medida, el estado se suma a las entidades que reconocen esta forma de violencia de género, con penas que van de uno a cinco años de prisión.

La Comisión de Justicia del Congreso elaboró el dictamen con base en cinco iniciativas presentadas por los grupos parlamentarios del PRI, Morena y PAN. El presidente de la Comisión, Otniel García Navarro, afirmó que la reforma cierra un vacío jurídico y fortalece la protección de mujeres, niñas, niños y adolescentes. Además, destacó que la nueva normativa establece medidas de protección inmediatas y efectos civiles acordes con el interés superior de la niñez.

García Navarro señaló que Durango “sale del rezago” y que las modificaciones cumplen con estándares nacionales e internacionales. Anunció también que se impulsarán protocolos de actuación y capacitación en conjunto con la Fiscalía General del Estado, el Poder Judicial, el SIPINNA, el Instituto Estatal de las Mujeres y el DIF Estatal, con el fin de garantizar la correcta aplicación de la ley desde su entrada en vigor.

Definen y sancionan una forma de violencia de género

Durante la sesión, la diputada Sughey Torres Rodríguez explicó que la violencia vicaria ocurre cuando una pareja o expareja busca dañar o presionar a una mujer utilizando a sus hijas o hijos. Esta conducta, señaló, provoca angustia, dolor y desesperación, por lo que debe ser prevenida, detectada, atendida y sancionada.

La legisladora subrayó que este tipo de agresión representa “la revancha más ruin y miserable que pueda existir”, y resaltó la importancia de visibilizarla para erradicarla de manera efectiva.

Penas, multas y consecuencias legales

Además de la pena de prisión, las reformas establecen multas de 36 a 288 Unidades de Medida y Actualización (UMA) y la persecución de oficio del delito. También contemplan sanciones adicionales como la suspensión de la patria potestad o tutela, la pérdida de derechos sucesorios respecto de las víctimas y la obligación de someterse a tratamiento psicológico o reeducativo.

El delito se configura cuando una persona usa a hijas, hijos o familiares bajo su cuidado para causar daño a una mujer con la que tiene o tuvo una relación de matrimonio, unión civil o de hecho. La definición armoniza con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que reconoce las agresiones cometidas a través de interpósita persona.

Con esta decisión, Durango refuerza su marco jurídico para proteger a las víctimas y combatir la violencia de género desde un enfoque integral y con justicia.


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