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¿Te pueden cortar el agua por falta de pago? Esto dice la iniciativa de la Ley General de Aguas

No podrán cortar totalmente el suministro por adeudos

La iniciativa de la Ley General de Aguas, enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum a la Cámara de Diputados, busca fortalecer el acceso al agua como derecho humano y asegurar un mínimo vital para consumo doméstico, incluso en casos de falta de pago. Con esta propuesta, el Estado mexicano busca que ninguna persona quede sin el suministro básico de agua potable.

De acuerdo con el documento, los organismos operadores no podrán cortar por completo el servicio de agua ni el saneamiento, aun cuando existan adeudos. En todo momento deberán garantizar una cantidad mínima para el uso humano esencial. En la Ciudad de México, por ejemplo, el estándar establecido es de 50 litros diarios por persona, cifra basada en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

El Artículo 9 del proyecto detalla que la Federación, los estados, los municipios y la ciudadanía deberán coordinar esfuerzos para asegurar un uso equitativo y sustentable del agua, protegiendo el recurso para las generaciones presentes y futuras. Este principio busca equilibrar la disponibilidad del líquido con la obligación de garantizar su acceso universal.

Agua suficiente, asequible y de calidad

La iniciativa también incluye los elementos que deben garantizarse para hacer efectivo el derecho humano al agua. Según el Artículo 7, toda persona debe tener acceso físico y económico al servicio, así como a instalaciones seguras y de calidad. Además, el documento contempla el derecho a recibir información transparente, asegurar que el agua sea asequible y libre de sustancias dañinas, y mantener un suministro continuo y suficiente.

En el Artículo 8, se establece que las Normas Oficiales Mexicanas deberán actualizarse para cumplir con estándares internacionales de calidad y potabilidad, garantizando así la seguridad sanitaria del agua que consumen los hogares.

Corte de agua, una práctica ilegal

El contexto jurídico refuerza esta visión. En mayo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que tanto autoridades como concesionarios deben garantizar el suministro universal, incluso si los usuarios presentan retrasos en sus pagos. El máximo tribunal subrayó que el derecho humano al agua debe respetarse sin discriminación, y calificó como ilegal cualquier acción, pública o privada, que restrinja el acceso total al servicio.

En la práctica, esto significa que ni organismos públicos ni administradores de inmuebles pueden suspender por completo el abasto de agua. Los usuarios con adeudos pueden acudir a la Procuraduría Social para solicitar mediación y restablecer el servicio mientras realizan pagos parciales o convenios de regularización.

Con esta iniciativa, el gobierno federal busca que el derecho al agua deje de depender de la capacidad de pago y se consolide como un bien público, suficiente, asequible y de calidad para todos los mexicanos.