Tendrás que dar de alta ante el SAT tu domicilio fiscal obligatoriamente

  • El SAT, tras los nuevos cambios en la miscelanea fiscal te pedirá que des de alta o actualices tu domicilio fiscal

Apartir de este año, todos aquellos a partir de los 18 años cumplidos tendrá que realizar el trámite para darse de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) pero, este trámite deberán realizarlo de de manera presencial, puesto que la alternativa de hacerlo a distancia utilizando solamente la Clave Única de Registro de Población (CURP) quedará deshabilitada.

También lee: México, la cuna de futuros unicornios

Estos cambios fueron implementados en la Miscelánea Fiscal 2021, con los cuales el fisco estará lanzando un mecanismo con el que los contribuyentes que se presenten en las oficinas del SAT tendrán que dar de alta o actualizar su domicilio fiscal, un requisito obligatorio que al no cumplirse te haría acreedor a sanciones económicas de hasta 11 mil pesos como multa.

Según se establece en el Código Fiscal de la Federación (CFF) en su Artículo 81Fracción VI, cada vez que se efectúa un cambio en el domicilio fiscal pero no se notifica al fisco se aplicarán multas que oscilan entre 3 mil 870 pesos y tan altas como 11 mil 600 pesos.

Las personas físicas tanto como las mortales están sujetas a esta norma, que les extiende un período de hasta 10 días para hacer saber al SAT de este cambio en el domicilio.

El IMCP señala que con la eliminación de la guía de trámites para el registro del RFC mediante la CURP el fisco se encamina a un proceso presencial con el que los contribuyentes ya no podrán hacer el procedimiento remoto y al acudir en persona a oficinas se deberá proporcionar además este requisito.

Deja un comentario