Cámara de Diputados avala dictamen que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia

La Comisión de Gobernación y Población aprobó, en lo general y en lo particular, por 20 votos a favor, cero abstenciones y 6 en contra, el dictamen con proyecto de decreto que expide la Ley Federal de Juicio Político y Declaración de Procedencia y abroga la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

El dictamen se remitió a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para los efectos de su programación legislativa.

En reunión extraordinaria, en modalidad semipresencial, el presidente de la instancia legislativa, diputado Jaime Humberto Pérez Bernabe (Morena), señaló que uno de los más importantes reclamos que hace la sociedad, es la solidificación del combate a la corrupción y el castigo o sanción para todos aquellos servidores públicos que violan las leyes y hacen mal uso de los recursos.

Indicó que la encomienda de la sociedad es crear y hacer vigentes las disposiciones que sean necesarias para que el país crezca de manera firme, democrática, pacífica, orgullosa de sus orígenes y de su porvenir; que su administración pública tenga el arraigo y pulcritud necesarios para que las instituciones del Estado Mexicano, procuren la obtención de una vida institucional, transparente, honesta, responsable y con pleno respeto a los derechos humanos.

El diputado Pérez Bernabe expresó que la Constitución Política actual ha sido modificada en años recientes en los artículos que integran el Título Cuarto que trata de la Responsabilidad de los Servidores Públicos, las faltas administrativas graves, hechos de corrupción y actos en perjuicio del patrimonio del Estado.

En la actualidad, dijo, está vigente la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, y al no producirse una actualización se encuentra desarmonizada para dar una eficiente respuesta a las necesidades del México actual; tiene una estructura interna agotada y está en disonancia con la ley suprema del país, los derechos humanos y el resto del sistema de procuración de justicia; mantiene un camino estrecho, corto, confuso y de difícil transitar, “que desafortunadamente no siempre concluye en el ejercicio de la acción de la justicia”.

La nueva ley, afirmó, es reglamentaria de los artículos 108, 109, 110, 111 y 112 de la Constitución Política, en materia de juicio político, declaración de procedencia y responsabilidad penal del Presidente de la República. Es respetuosa de los derechos humanos y de los artículos constitucionales; es una norma que respeta y procura los principios de transparencia, debido proceso, legitimidad, certeza y seguridad jurídica, celeridad y continuidad procesal.

Contempla un Título Primero dedicado a su esfera de competencia jurídica, como ley reglamentaria. El Título Segundo, denominado Procedimientos ante el Congreso de la Unión en materia de juicio político y declaración de procedencia, se encuentra integrado por tres capítulos que abordan de manera eficiente y armónica su materia correspondiente.

El Capítulo Primero se refiere a los sujetos, causas de juicio político y sanciones de sus cuatro artículos. El Capítulo Segundo, integrado por 14 artículos, se refiere al procedimiento del juicio político, al cual se propone que la Cámara de Diputados sustancie, por conducto de su Comisión Jurisdiccional, y la instrucción de los procedimientos dispuestos en el nuevo marco normativo, además de establecer con claridad la competencia de los órganos en los procedimientos que se ventilen.

Mientras que el Capítulo Tercero consta de 20 artículos que evocan al procedimiento de la declaración de procedencia, dentro de las cuales sobresalen los procedimientos que regulan lo dispuesto en el artículo 108 párrafo segundo de la Constitución Política, el procedimiento para la imputación en materia penal al titular de la Presidencia de la República, “rompiendo con esto el paradigma de la intocabilidad al titular del Poder Ejecutivo Federal”.

El Titulo Tercero, añadió, tiene un único capítulo, compuesto por 16 artículos, entre los cuales destacan la celeridad y continuidad jurídico-procesal de los procedimientos aún fuera del periodo ordinario y se establece con claridad y certeza cuáles son las normas supletorias aplicables, puntualizó.

Cruz Juvenal Roa Sánchez, diputado del PRI, pidió postergar la discusión del dictamen, pues apenas empezó a circular el día de ayer. “No tengo duda que viene a beneficiar mucho a las y los mexicanos. Es un tema complejo que requiere de mayor estudio y análisis. Me hubiera gustado haber programado parlamentos abiertos y escuchar a los especialistas en la materia, para alinear mejor la ley. Se invaden competencias de tipo federal”.

Posteriormente, con 19 votos a favor, cero abstenciones y seis en contra, se aprobó el acta de la sesión extraordinaria en modalidad semipresencial de este viernes 13 de agosto de la Comisión de Gobernación y Población.

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