Resuelve pleno del TEEM expedientes vinculados con el reciente proceso electoral

 

 

*En sesión pública 32, resuelven los cinco magistrados, 55 asuntos relacionados con inconformidades contra resultados consignados en actas distritales y municipales.

*Confirman la validez de las elecciones y reconocen a las y los ganadores.

 

Toluca, Estado de México.- Con la asistencia de los cinco integrantes que conforman el Pleno, el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM), realizó su sesión pública 32, en la cual se atendieron 45 Juicios de Inconformidad promovidos por los distintos actores polìticos que intervinieron en el proceso electoral para elegir integrantes de los 125 ayuntamientos así como de las fórmulas de diputados locales.

 

Entre los asuntos se encuentran los promovidos por los partidos políticos Fuerza por México (FxM), Morena, del Trabajo (PT) y Nueva Alianza (PNA), además de siete Procedimientos Especiales Sancionadores, un Recurso de Apelación y dos Juicios del Ciudadano Local.

 

En el JI/143/2021, promovido por el PFxM, en contra de los resultados consignados en el acta de cómputo distrital para diputados por el principio de mayoría relativa y la expedición de la constancia de mayoría en Tecámac, el TEEM confirmó el resultado emitido por el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) en favor de la coalición “Va por el Estado de México”, conformada por los Partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD), integrada por Lilia Urbina Salazar e Ilse Matzalen Velázquez Colín, como Propietaria y Suplente, respectivamente.

 

En los juicios JI/178/2021 y JI/179/2021, promovidos por PT y PFxM en contra de los resultados distritales, la declaración de validez y la expedición de la constancia de mayoría en Almoloya de Juárez, determinó acumular los expedientes y confirmar los resultados en favor de la fórmula postulada por el PRI, integrada por Myriam Cárdenas Rojas y Consuelo Albarrán Hernández, como propietaria y suplente, respectivamente.

 

En el PES/175 contra María de Los Ángeles Zuppa Villegas, Ángel Zuppa Núñez y al Partido Movimiento Ciudadano (MC), por promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, actos anticipados de campaña, difusión extemporánea de su informe anual de labores en Tepotzotlán e inequidad de la contienda electoral, determinó la inexistencia de las violaciones.

 

En el JI/11/2021, promovido por PNA para solicitar la nulidad de la elección en Nextlalpan, derivado de los hechos de violencia suscitados en diversas casillas instaladas en la referida demarcación municipal, el TEEM resolvió declarar la invalidez de la elección y pedir a la Legislatura para que, con apoyo en el artículo 61, fracción XII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, emita la convocatoria correspondiente para la celebración de la elección extraordinaria para la designación de los integrantes del Ayuntamiento.

 

En el PES/191, en contra de Juan Manuel Zepeda Hernández y el MC por indebida colocación de propaganda electoral en Nezahualcóyotl, declaró la inexistencia de la violación y en el RA/54/2021, interpuesto por el MC en Ocoyoacac, por el que impugna, la respuesta del oficio IEEM/DJC/883/2021, de la Dirección Jurídico Consultiva del IEEM por el que se contesta la imposibilidad de atender la petición, el TEEM precisó confirmar el acto impugnado e informar a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Quinta Circunscripción Plurinominal, con sede en Toluca.

 

Respecto al JI/51/2021, donde Morena impugna los resultados distritales de Lerma,declaró improcedente un nuevo escrutinio y confirmó los resultados del acta de cómputo distrital, igual situación determinó en el JI/69/2021, donde el PFxM controvierte los resultados distritales de Teoloyucan; en donde el TEEM confirma el triunfo de la fórmula de la coalición “Juntos Haremos Historia”.

 

Mientras que en el JI/147/2021, interpuesto por el PFxM también contra resultados distritales de Cuautitlán Izcalli, confirmó el triunfo del PAN en el distrito, mientras que en el  PES/176 iniciado por Michelle Núñez Ponce entonces candidata a Presidenta Municipal de Valle de Bravo, en contra de Paulina Alejandra del Moral, presidenta del CDE del PRI y de dicho partido, por conductas que vulneran el marco jurídico electoral, el Pleno lo sobreseyó.

En el PES/181, presentadó por Gabriela Gamboa, Presidenta Municipal de Metepec, en contra de María Dolores Hernández, por violencia política en razón de género,  el TEEM declaró la inexistencia de la violación objeto de la denuncia.

 

En el JDCL/419, promovido por Alma Chávez Castillo, Síndica Propietaria de Temamatla, para impugnar el acta de cabildo del 16 de junio del 2021 a través de la cual se le impide el ejercicio del cargo, el Tribunal declaró fundado el agravio y ordenó al alcalde realizar las gestiones para la reincorporación inmediata de Chávez Castillo y el pago de la remuneración que dejó de percibir a partir de la fecha así como remitir el expediente al IEEM, para que analice la presunta violencia política de género, de que se duele la actora.

 

Por lo que toca al JI/55, interpuesto por el PFxM contra los resultados distritales de Naucalpan, el TEEM declaró improcedente el caso y confirmó los resultados de la coalición “Va por el Estado de México”, integrada por Martha Moya Bastón y Deyanira Escobedo Ortiz, Propietaria y Suplente, igual que en el JI/65, promovido por el PT contra resultados distritales en Metepec.

 

Sobre el JI/162, contra los resultados distritales en Amecameca, resolvió la improcedencia de nuevo escrutinio y confirmó los resultados consignados.

 

En el PES/169, iniciado por el PRI en Toluca en contra de Juan Rodolfo Sánchez Gómez, en su carácter de candidato a Presidente Municipal por indebida difusión de propaganda gubernamental, declaró inexistentes las violaciones objeto de la denuncia.

 

En el  PES/179 en contra de Adán Barrón Elizalde, en su calidad de precandidato a Presidente Municipal de Tultitlán, por el PRI por actos anticipados de campaña, se declaró inexistente la violación, en tanto en el PES/188 iniciado por PRD en contra de José Adolfo Murat Macías, otrora aspirante a precandidato hizo lo mismo.

 

En la sesión pública, los integrantes del Pleno determinaron en cuenta conjunta el desechamiento por extemporaneidad de los expedientes relativos a los JI 96, 102, 161, 187, 195, 201 y 203 todos de 2021, interpuestos por el PFxM, por los que controvierte en cada caso, los resultados distritales, el otorgamiento de las constancias de mayoría y validez de la Elección de Diputaciones Locales emitidas por los Consejo Distrital del IEEM.

 

Al igual el TEEM determinó desechar de plano los JI 90, 137, 146, 190, 199, 204 de 2021 y JDCL 413 de 2021, así como los JI 100, 117, 134, 177, 186, 194 y 202 de 2021, promovidos por el PFxM en contra de los resultados consignados en las actas de cómputo de los Distritos Electorales 3, 14, 25, 36, 18, 9 y 19, con sede en Chimalhuacán, Jilotepec, Nezahualcóyotl, San Miguel Zinacantepec, Tlalnepantla, Tejupilco y Tultepec, respectivamente.

 

También se desecharon los JI 44, 80, 99, 109, 116, 133, 138, 144, 191, 200 y 205 de 2021, promovidos por el PFxM contra de los resultados de los distritos electorales 1, 4, 10, 17, 21, 23, 26, 27, 32, 34 y 40 con cabeceras en Chalco, Lerma, Valle de Bravo, Huixquilucan, Ecatepec, Texcoco, Cuautitlán Izcalli, Valle de Chalco Solidaridad, Naucalpan, Toluca e Ixtapaluca, respectivamente, al igual que los JI 112, 125 y 180 emitidos por los consejos distritales electorales 35, 08 y 07, del Instituto Electoral del Estado de México, con sedes en Metepec, Ecatepec y Tenancingo.

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