En sesión semipresencial, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas a diversas disposiciones de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, a fin de que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) ejerza el control absoluto del registro de las armas en el país y retirar a la Secretaría de Gobernación (Segob) la atribución de reglamentar y autorizar la portación de armas a los empleados federales.
El dictamen, aprobado por consenso de 445 votos y remitido al Senado de la República para su revisión y aprobación, también sustituye el término instituciones policiales por instituciones de seguridad pública.
El documento señala que eliminar todas las facultades establecidas en la ley a la Secretaría de Gobernación en relación con el control de armas en el país, es armonizar con lo especificado en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal vigente.
Modificar los términos con los que se refiere a las instituciones de seguridad pública en la ley abonará al correcto término y a la actualización legislativa de esta importante ley.
La diputada Irene García Martínez, de MC, indicó que el dictamen implica reformas necesarias para armonizar el texto con otros ordenamientos, siendo necesario sustituir el término instituciones policiales por instituciones de seguridad pública, porque la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos no define qué se debe entender por instituciones policiales.
Subrayó que al estar vinculada la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos con otros ordenamientos para otorgar licencias para la portación de armas para aquellos servidores públicos encargados de la seguridad pública en nuestro país, “debemos adecuar los marcos normativos pertinentes para que esta ley utilice las definiciones adecuadas, con el fin de evitar la interpretación normativa incorrecta”.
Expuso que la propuesta implica eliminar del texto la facultad de la Segob para el control de todas las armas en el país, debido a que el 30 de noviembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforma el artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.
En esa reforma se elimina la atribución de reglamentar y autorizar la portación de armas por empleados federales como una facultad de la Segob, porque sólo la Sedena es la encargada de intervenir en la expedición de licencias para la portación de armas de fuego.