Avala Congreso de la CDMX “Ley Ingrid” para castigar filtración de fotos de víctimas o delictivas

  • Esta iniciativa fue presentada al Congreso capitalino por la Fiscal Ernestina Godoy, el 14 de febrero de 2020, y fue nombrada en memoria de Ingrid Escamilla, víctima de feminicidio.

El pasado martes el Congreso de la Ciudad de México aprobó las reformas al artículo 293 del Código Penal Local, conocidas como la “Ley Ingrid”, para tipificar y sancionar la difusión de imágenes de investigaciones delictivas o de víctimas.

Con 58 votos a favor, sin abstenciones ni en contra se avaló la iniciativa para castigar a los funcionarios públicos que incurran en este delito, con dos a seis años de prisión y una multa de 500 a mil Unidad de Medida y Actualización.

Dicho artículo establece, quien indebidamente difunda, entregue, revele, publique, transmita, exponga, remita, distribuya, videograbe, audiograbe, fotografíe, filme, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, indicios, audios, videos o documentos del lugar de los hechos o del hallazgo, se enfrentará a dichas penas.

Además, merecen agravantes si la difusión es de materiales audiovisuales de cadáveres o parte de ellos, de las circunstancias de la muerte o de las lesiones y estado de salud de las víctimas, en este caso, las penas se incrementarán hasta en una tercera parte.

Es importante mencionar, que si estos materiales audiovisuales son de cadáveres de mujeres, niñas o adolescentes en tanto su circunstancia de muerte, lesiones o estado de salud, las penas se incrementan hasta en una mitad extra y en el caso que un servidor público integrante de una institución policial, sea culpable de estos delitos, las penas se incrementan también hasta en una mitad más.

 

 

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