En agosto de 2020, un juez dictó al excomandante Alejandro Rocha Laureano el auto de formal prisión, al considerar que es probable responsable del delito de tortura, actualmente se encuentra interno en la cárcel de Cancún.
Al confirmar que el delito que se le imputa es grave, el Juzgado Segundo de Distrito negó la libertad bajo caución al ex comandante de la Policía Judicial de Puebla Alejandro Rocha.
Quien se encuentra interno en el Centro de Readaptación Social, acusado de tortura, en agravio de la periodista, Lydia Cacho.
El abogado de Rocha Laureano, José Luis Ramírez Téllez, solicitó al juez que fijase una caución para que su cliente pudiese gozar del beneficio de libertad.
De acuerdo con lo declarado por el litigante, el delito de tortura en Quintana Roo no era considerado grave en 2005, cuando ocurrieron los hechos.
Además, aseguró que su cliente obtuvo un amparo para efectos de ser juzgado, no por el fuero federal, sino por el fuero común. Ante su petición, el Juez Segundo, Gerardo Vázquez Morales, respondió que no es procedente fijar una fianza, debido a que el delito de tortura “está catalogado como grave y no tiene derecho a ese beneficio”.
También expuso que, conforme al artículo 12 de la Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura en el estado, en aquello que no esté previsto por ese mandato, será aplicable el Código Federal de Procedimientos Penales, cuyo artículo 194 ubica al delito de tortura como grave.