Los partidos, y no el INE, deben garantizar la paridad de género de acuerdo a sus propias estrategias: Alejandro Rojas Díaz Durán

 

*No puede ser limitativa al 50%, sino debe estar abierta a la libertad militante de cada organización política.*

*El porcentaje de hombres y mujeres deben ser determinados libremente por la autodeterminación de la voluntad militante de los partidos políticos, por lo que impugnaremos en el Tribunal Electoral dicho acuerdo del INE, por inconstitucional y violatorio de los derechos políticos de todas y de todos quienes aspiran a un cargo de elección popular.*

*El INE no tiene facultades constitucionales ni legislativas ni políticas para imponer la paridad de género por decreto a los partidos políticos para los cargos de elección popular, porque la soberanía popular no tiene género y porque cada organización política tiene la libertad de decidirla en concordancia con sus propios Estatutos y de conformidad a sus propios criterios de competitividad electoral, incluso puede ir más allá de la paridad obligatoria y no ser limitativa al 50% cuando así lo determinen las militancias y los órganos partidistas.*

*Cada partido político, como entidades de interés público, debe garantizar la paridad y equidad de género de acuerdo a sus propias estrategias y equilibrios democráticos y no puede ser determinada por el árbitro electoral.*

*La paridad de género es un derecho que debe ser ejercido desde una perspectiva integral de la política electoral en concordancia con la representatividad popular.*

*Desde el Ala Democrática les daremos más alas a las mujeres para que vuelen aún más alto y más libres.*

 

*Por el Ala Democrática.*

 

Alejandro Rojas Díaz Durán,
Consejero de Morena y Senador Suplente de la República.

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