¿Puedo seguir trabajando si recibo una pensión por viudez? Esto dice la ley en México
Recibir una pensión por viudez en México es un derecho que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) a los cónyuges o concubinos sobrevivientes de un trabajador fallecido. Sin embargo, muchas personas se preguntan: ¿puedo seguir trabajando si ya estoy recibiendo esta pensión? ¿Existe algún riesgo de que me la cancelen?
¿Es compatible trabajar y recibir la pensión por viudez?
La respuesta es sí, es legal seguir trabajando y al mismo tiempo conservar la pensión por viudez, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por la ley.
Tanto el IMSS como el ISSSTE permiten que los beneficiarios continúen desarrollando una actividad laboral, ya sea por cuenta propia o como empleados, sin que esto implique perder el derecho a la pensión, siempre y cuando no se contraiga nuevo matrimonio ni se viva en concubinato con otra persona.
Lo que dice la Ley del Seguro Social
De acuerdo con la Ley del Seguro Social, la pensión por viudez solo puede suspenderse o cancelarse si el beneficiario contrae matrimonio nuevamente o si se comprueba que vive en concubinato, es decir, en una relación de pareja estable sin estar casado legalmente.
El artículo 130 de esta ley establece que:
“La pensión por viudez se extinguirá cuando el pensionado contraiga nuevas nupcias o viva en concubinato.”
Esto significa que el hecho de reincorporarse al mercado laboral no es una causal de suspensión de la pensión. Las autoridades no pueden retirarla por el simple hecho de que la persona trabaje.
¿Qué sucede si empiezo a cotizar al IMSS nuevamente?
Otra duda común es qué ocurre si el beneficiario empieza a cotizar nuevamente al IMSS por un empleo formal. En este caso, tampoco se pierde la pensión, ya que ambas situaciones son compatibles legalmente.
Incluso, algunas personas logran acumular semanas cotizadas nuevamente, lo cual podría generar derechos adicionales, aunque la pensión por viudez no se suma ni se fusiona con otra futura pensión.
¿Y si recibo pensión por viudez del ISSSTE?
En el caso del ISSSTE, la normativa es muy similar. La pensión por viudez también se mantiene mientras la persona no contraiga matrimonio ni establezca un nuevo concubinato. Trabajar en una dependencia pública o en el sector privado no es motivo de cancelación.
