La Secretaría de Finanzas de la Ciudad de México presentó esta semana adiciones al Código Fiscal de la capital, en donde plantea un impuesto de 2% que tendrán que pagar las aplicaciones o plataformas dedicadas al reparto de alimentos o productos de cualquier tipo.
De acuerdo con la iniciativa para adicionar este impuesto, la pandemia por Covid-19 ocasionó una aceleración al crecimiento del comercio electrónico, beneficiando económicamente a las empresas dedicadas a la entrega de alimentos, productos o víveres, por lo que “deben contribuir” a la Ciudad de México.
“Actualmente las personas físicas o morales que operan, utilizan y/o administran aplicaciones y plataformas informáticas para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, han evolucionado ofertando la entrega de alimentos, paquetería, víveres o cualquier tipo de mercancía dentro de la Ciudad de México, y que para dicha prestación hacen uso, explotan y aprovechan la infraestructura capitalina (bienes de dominio público)”, indica el documento.
De acuerdo con el Reporte sobre el Impacto del Covid-19 en Venta Online, elaborado por la Asociación Mexicana de Venta Online, cinco de cada 10 empresas en México duplicaron su crecimiento en internet, y dos de cada 10 crecieron más de 300 por ciento sus ventas por internet.
La dependencia local aclaró a El Sol de México que la propuesta no considera como sujetos obligados de pago de este impuesto a los repartidores, quienes también son vistos como usuarios de estas plataformas, ni a los comercios o empresas que ofrecen sus servicios y productos.
Sólo impactaría directamente a plataformas y aplicaciones como Uber Eats, Rappi, Mercado Libre, Amazon, iVoy y Didi Food, las cuales se dedican a entregas de alimentos y diversos productos a través de internet en varios puntos del país, especialmente en la Ciudad de México.
a través de las cuales los usuarios puedan contratar la entrega de paquetería, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía con entrega en el territorio de la Ciudad de México, siempre que actúen con carácter de intermediarias, promotoras o facilitadoras, deberán pagar mensualmente por concepto de aprovechamiento por el uso y explotación de la infraestructura de la Ciudad de México el dos por ciento del cobro total antes de impuestos por cada entrega realizada”, precisa el artículo 307 TER.
De acuerdo con las especificaciones, las plataformas deberán pagar el impuesto a más tardar el día 15 de cada mes por el total que corresponda al mes inmediato anterior, especificando el número de entregas en el periodo indicado.
Según información obtenida por este diario, las empresas dedicadas al sector del comercio electrónico han sostenido reuniones anteriormente con autoridades de la Ciudad de México para conversar sobre la implementación del impuesto; sin embargo, no aceptaron la solicitud de entrevista para conocer el impacto a sus finanzas.
Ahora, diputados del Congreso de la Ciudad de México deberán discutir antes del 15 de diciembre el Paquete Económico 2022 y la iniciativa de Decreto al Código Fiscal para aprobar o desestimar este impuesto de dos por ciento.
Ya pagan ISR
En este año se implementó un nuevo esquema de retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR) hacia los repartidores, pues son personas beneficiadas económicamente a través de plataformas digitales como Uber, Rappi o Cornershop y va de tres a nueve por ciento, dependiendo del monto de las ganancias.
El movimiento #NiUnRepartidorMenos consideró al nuevo impuesto como una guerra a los trabajadores digitales, sin embargo, la Secretaría de Finanzas insistió en que este cargo fiscal no se aplicará a ellos ni a los negocios.
“El cargo fiscal considera directamente obligados al pago a los administradores de dichas plataformas o aplicaciones y no se prevé que dicho gravamen sea trasladado a los consumidores finales o a los trabajadores del ramo. Para puntualizar lo anterior cabe indicar que en ningún momento el texto menciona la figura de retenedores del aprovechamiento”, explicó la oficina de comunicación social.