SCJN: ¿qué cambia en pensiones y fideicomisos en México?

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Corte redefine seguridad social y derechos

¿Qué resoluciones clave emitió la Suprema Corte?

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió resoluciones de alto impacto que redefinen el alcance de la seguridad social, la disciplina fiscal y la protección de derechos fundamentales en México. Entre los temas centrales, el máximo tribunal analizó reformas en Zacatecas, la extinción de fideicomisos federales y el cumplimiento de pensiones alimenticias, con criterios que fijan límites constitucionales claros.

En primer lugar, la Corte validó la reforma al artículo 74 de la Ley del ISSSTEZAC, la cual reduce de 60 a 30 días el pago de aguinaldo para las personas que se pensionen tras la entrada en vigor del cambio. Según el fallo, esta medida resulta razonable y proporcional, ya que busca preservar la suficiencia presupuestaria del sistema público de pensiones.

¿La reducción del aguinaldo afecta derechos adquiridos?

Aunque la SCJN avaló la reforma, también estableció un límite constitucional. En consecuencia, la reducción no puede aplicarse de manera retroactiva. Por lo tanto, las personas pensionadas antes de la reforma conservarán su derecho al aguinaldo completo de 60 días.

Con esta precisión, el tribunal reforzó el principio de irretroactividad de la ley y protegió los derechos adquiridos. Además, dejó claro que las reformas en materia de seguridad social deben equilibrar la sostenibilidad financiera sin afectar situaciones jurídicas consolidadas.

¿Por qué la Corte invalidó otros artículos?

En contraste, la SCJN invalidó los artículos 128 y 128 Bis de la misma ley. Estas disposiciones condicionaban el acceso a prestaciones al estado financiero y a la reserva técnica del Instituto. Sin embargo, la Corte determinó que supeditar derechos fundamentales a variables financieras indeterminadas genera un riesgo desproporcionado para el acceso efectivo a la seguridad social.

Asimismo, el tribunal sostuvo que la viabilidad presupuestal no puede funcionar como pretexto para restringir prestaciones de manera arbitraria. De este modo, la resolución refuerza la obligación del Estado de garantizar derechos, incluso en contextos de presión fiscal.

¿Qué resolvió la Corte sobre los fideicomisos?

En otro fallo relevante, la SCJN validó el decreto de extinción de fideicomisos federales, impulsado durante el gobierno de Andrés Manuel López Obrador. La Corte concluyó que la medida no vulnera el federalismo ni la división de poderes, ya que las competencias estatales permanecen intactas en áreas como protección civil, medio ambiente, ciencia y atención a víctimas.

No obstante, el tribunal aclaró que quedaron excluidos los fideicomisos relacionados con deuda pública, obligaciones laborales y pensiones, así como aquellos creados por mandato legislativo.

Finalmente, la Corte resolvió que el pago parcial e injustificado de la pensión alimenticia puede constituir un delito, y además reafirmó el derecho de niñas, niños y adolescentes a reclamar pensiones retroactivas, incluso cuando terceros cubrieron temporalmente sus gastos

 


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