Cómo obtener el 90% de la pensión del IMSS si eres padre del pensionado fallecido

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La SCJN amplió este derecho a padres que dependían económicamente del trabajador

Gracias a una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los padres de un trabajador fallecido afiliado al IMSS bajo el régimen de 1973 ahora pueden acceder hasta al 90% de la pensión que este recibía o le correspondía. Esta decisión representa un cambio significativo respecto a la normativa previa, que solo permitía a padres obtener un 20% de la pensión, y únicamente en ausencia de otros beneficiarios.

¿A quién aplica este beneficio?

Este nuevo criterio aplica exclusivamente a los padres del trabajador o pensionado fallecido que cumplan las siguientes tres condiciones:

  1. No existan otros beneficiarios con derecho a pensión, como cónyuge, concubina(o) o hijos.

  2. Dependían económicamente del asegurado fallecido.

  3. El trabajador estaba registrado bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973.

Este cambio legal tiene como objetivo brindar mayor protección social a los adultos mayores en situación de vulnerabilidad.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar la pensión?

Si cumples con los requisitos anteriores, puedes acudir a una subdelegación del IMSS o a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para iniciar el trámite. Los documentos solicitados son:

  • Acta de defunción del trabajador asegurado.

  • Acta de nacimiento del asegurado y del padre o madre solicitante.

  • Constancia de semanas cotizadas (disponible en línea en el portal del IMSS).

  • Identificación oficial vigente del solicitante.

  • Estado de cuenta AFORE, con no más de 3 meses de antigüedad.

¿Qué implica este cambio legal?

Antes del fallo de la SCJN, los padres del trabajador fallecido podían heredar únicamente el 20% de la pensión, aun cuando no existían otros beneficiarios. Desde la nueva interpretación, ese porcentaje sube al 90%, siempre que los padres hayan dependido económicamente del asegurado.

Este precedente fue aprobado de forma unánime por la Suprema Corte, y se aplica a los casos que aún no han sido resueltos por una autoridad judicial o administrativa.

¿Cómo iniciar el trámite?

Puedes iniciar el proceso de solicitud:

  • Presencialmente en la subdelegación del IMSS correspondiente al domicilio del fallecido o del solicitante.

  • O bien, acudir a la PROFEDET, donde te orientarán de forma gratuita sobre los pasos a seguir y tus derechos.

🧾 Resumen rápido:

Requisito ¿Es obligatorio?
No tener otros beneficiarios vivos ✅ Sí
Haber dependido económicamente ✅ Sí
Régimen de la Ley de 1973 ✅ Sí
Documentación completa ✅ Sí