Retirar dinero de tu AFORE antes de la jubilación: ¿Cuántas opciones tienes y cómo hacerlo?

AFORE Pensión

a AFORE (Administradora de Fondos para el Retiro) es una pieza clave en la planeación financiera de millones de trabajadores en México. Su propósito principal es garantizar un respaldo económico al momento de la jubilación. No obstante, existen situaciones excepcionales en las que puedes hacer retiros anticipados de tu cuenta individual antes de llegar a esa etapa. En Cadena Política te explicamos cuántos tipos de retiro existen y en qué casos puedes acceder a ellos sin esperar a pensionarte.

¿Se puede retirar dinero de la AFORE antes de tiempo?

Sí. Aunque la idea central de la AFORE es ahorrar para el retiro, la ley permite ciertas modalidades de retiro anticipado, especialmente bajo circunstancias particulares como desempleo, matrimonio o incluso fallecimiento del titular. Eso sí, es importante tener presente que cada retiro puede afectar el monto total que recibirás al jubilarte.

En este artículo nos enfocaremos exclusivamente en los retiros disponibles para afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Tipos de retiros disponibles antes de la jubilación

A continuación, te detallamos las modalidades más comunes de retiro de tu AFORE antes de cumplir los requisitos para pensionarte.

1. Retiros Totales (al jubilarte)

Este es el retiro tradicional y ocurre cuando el trabajador alcanza la edad de jubilación (60 o 65 años). Dependiendo del régimen bajo el que cotizaste (Régimen 73 o Régimen 97), puedes:

  • Obtener una pensión mensual.

  • Retirar el total acumulado en una sola exhibición, si así lo permite tu situación.

2. Retiros Parciales

La ley contempla dos formas de retiro parcial antes de la jubilación, ambas bajo condiciones específicas:

Retiro por matrimonio

Puedes retirar hasta 30 UMAs (Unidad de Medida y Actualización) como apoyo económico si decides casarte. Este beneficio se otorga una sola vez en la vida y no afecta tu pensión futura.

Retiro por desempleo

Si has perdido tu empleo y llevas al menos 46 días sin trabajar, puedes retirar una parte de tu ahorro. Para acceder a este beneficio, no debes haberlo solicitado en los últimos cinco años.

Retiro de ahorro voluntario

Si durante tu vida laboral hiciste aportaciones voluntarias a tu cuenta AFORE, puedes disponer de esos recursos en cualquier momento, dependiendo del esquema que hayas elegido:

  • Corto plazo: puedes retirar cuando lo necesites.

  • Mediano plazo: el retiro está disponible después de cinco años. Si lo haces antes, pagarás impuestos.

Requisitos para el retiro de ahorro voluntario:

  • Tener actualizado tu Expediente de Identificación del Trabajador.

  • Presentar una identificación oficial vigente.

  • Contar con un estado de cuenta de tu AFORE y una CLABE bancaria a tu nombre.

Retiro por beneficiarios en caso de fallecimiento

Si un trabajador fallece, los recursos de su AFORE no se pierden. Los beneficiarios pueden reclamarlos según lo establece la Ley del Seguro Social. Estos pueden ser:

  • Cónyuge, concubina o concubinario.

  • Hijos menores de 16 años.

  • Padres que dependieran económicamente del trabajador.

  • Personas designadas expresamente como beneficiarias en la cuenta AFORE.

Es fundamental que los trabajadores mantengan actualizada esta información para evitar conflictos al momento del trámite.

Retiro por el programa 65 y Más del IMSS

Este programa está dirigido a personas mayores de 65 años que no han reclamado aún sus fondos de la AFORE, incluso si ya no están cotizando en el IMSS. Para poder acceder, debes:

  • Haber cotizado al IMSS a partir de mayo de 1992.

  • Estar registrado en una AFORE.

  • No estar laborando ni cotizando actualmente.

Documentos requeridos:

  • Número de Seguridad Social (NSS).

  • CURP.

  • Comprobantes de aportaciones al SAR 92 (uno por cada patrón que tuviste).

Según tu situación, podrías recuperar recursos de SAR 92, Retiro 97, Vivienda 97 y Cesantía en Edad Avanzada y Vejez (CV).

¿Quiénes no califican para este programa?

  • Personas menores de 65 años.

  • Quienes dejaron de cotizar antes de mayo de 1992.

  • Trabajadores que ya retiraron todos los recursos correspondientes a su régimen.

  • Aquellos sin registro en AFORE ni comprobantes de aportaciones.