¿Qué pasa si construyo en el terreno de mis suegros y me echan?

terreno

En México, es una práctica bastante común que las parejas jóvenes construyan su hogar en los terrenos de los suegros. Esta solución es particularmente atractiva para aquellos que buscan comenzar su vida en pareja sin enfrentar los elevados costos de la compra de un predio. Sin embargo, en muchos casos, las relaciones familiares o de pareja pueden deteriorarse, lo que genera la pregunta: ¿qué pasa si me corren del terreno y quiero reclamar lo que construí?

La respuesta a esta situación no es sencilla, pero está respaldada por la ley mexicana. En este artículo, te explicamos cómo funciona la normativa y qué derechos tienes en caso de conflicto.

¿Quién es dueño del terreno?

Lo primero que se debe aclarar es que, legalmente, el terreno sigue siendo propiedad de quien figura como titular en el título de propiedad. Si en este caso el terreno pertenece a los suegros, ellos son los legítimos dueños. Es importante resaltar que si no existe un contrato escrito que estipule algún acuerdo formal como cesión, donación o comodato (préstamo gratuito), el terreno continúa siendo de su propiedad.

El acuerdo no escrito: En muchos casos, las parejas se mudan al terreno de los suegros sin firmar un contrato formal, lo que puede generar confusión cuando surgen problemas. Sin un acuerdo legal, las construcciones realizadas no se consideran un acuerdo vinculante sobre el uso del terreno.

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¿Qué pasa con lo que construí?

Cuando una persona construye en un terreno ajeno, como en este caso, el de los suegros, lo que se ha edificado no necesariamente pasa a ser propiedad de los dueños del terreno. Según expertos en derecho civil, si la persona que construyó puede demostrar que realizó una inversión considerable en la obra, tiene derecho a exigir una indemnización por las mejoras realizadas en el inmueble.

Derecho a indemnización por la construcción

El Código Civil Mexicano establece que si una persona construye de buena fe en un terreno ajeno, puede tener derecho a reclamar el valor de lo construido. Este derecho también incluye la posibilidad de que, en algunos casos, el terreno sea adquirido por el constructor mediante el pago de su valor, si así lo determina un juez. Para ello, se debe presentar una demanda formal ante las autoridades judiciales.

La buena fe

Es importante recalcar que este derecho solo aplica si la construcción se realizó de buena fe. Es decir, la persona que construye debe hacerlo con la creencia legítima de que estaba autorizada a edificar en ese terreno. Este principio es clave para determinar si procede una reclamación o si la persona que construyó tiene derecho a compensación.

¿Qué se necesita para reclamar?

Para poder hacer válida la reclamación por las mejoras en el terreno ajeno, es fundamental contar con pruebas que respalden la inversión. A continuación, te indicamos los elementos necesarios:

  1. Pruebas de la construcción: Facturas de materiales, transferencias bancarias, fotografías del proceso de construcción o testimonios de personas que hayan sido testigos del trabajo realizado.

  2. Comprobantes de inversión: Es necesario mostrar que la persona que construyó invirtió dinero propio en la obra. Este aspecto es crucial para poder exigir la compensación correspondiente.

  3. Ausencia de contrato formal: En caso de no existir un contrato formal que indique que se renuncia a cualquier derecho sobre lo construido, la reclamación será más viable. La ausencia de un acuerdo escrito puede complicar el proceso, pero no hace imposible la reclamación.

¿Qué se puede esperar de un juicio?

Si el caso llega a los tribunales, un juez tendrá que evaluar todas las pruebas presentadas para determinar si se realizó una inversión legítima en el terreno y si corresponde una indemnización por parte de los dueños del predio. Dependiendo de la resolución, el juez podría ordenar el pago de una compensación económica o incluso la compra del terreno, siempre que se demuestre que la construcción fue hecha de buena fe.


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