SAT advierte: Fecha límite para activar el Buzón Tributario se acerca

SAT advierte: Fecha límite para activar el Buzón Tributario se acerca

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha recordado a los contribuyentes que el próximo miércoles 1 de enero de 2025 es la fecha límite para activar el Buzón Tributario. Tanto personas físicas como morales deberán cumplir con este requisito para evitar multas que pueden oscilar entre los 3,850 y 11,540 pesos, conforme a los artículos 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación.

La autoridad fiscal considera que quienes no activen esta herramienta se oponen a recibir notificaciones por parte del SAT, lo que constituye una “conducta infractora” sancionable.

¿Qué es el Buzón Tributario?

El Buzón Tributario es una herramienta digital que permite la comunicación entre el SAT y los contribuyentes. Funciona de manera similar a un correo electrónico, donde la dependencia puede enviar notificaciones, información relevante y resoluciones fiscales.

Desde 2020, su activación es obligatoria para la mayoría de los contribuyentes, salvo:

  • Personas sin obligaciones fiscales.
  • Personas sin actividad económica.
  • Asalariados con ingresos anuales menores a 400 mil pesos.

Requisitos para activar el Buzón Tributario

Para habilitar el Buzón Tributario, es necesario ingresar al portal oficial del SAT y contar con los siguientes elementos:

Personas físicas:

  • e.firma, e.firma portable o contraseña.
  • Correo electrónico (hasta cinco pueden registrarse).
  • Número de teléfono celular.

Personas morales:

  • e.firma o firma electrónica avanzada.
  • Correo electrónico y número de teléfono celular.

Pasos para la activación:

  1. Ingresar al portal del SAT.
  2. Seleccionar la opción “Buzón Tributario”.
  3. Ingresar con la contraseña o e.firma.
  4. Configurar el Buzón capturando el código de activación recibido vía SMS.

Beneficios de activar el Buzón Tributario

Habilitar esta herramienta brinda diversas ventajas a los contribuyentes, entre ellas:

  • Un portal privado y personalizado.
  • Ahorro de tiempo y recursos.
  • Mayor certeza jurídica en los actos y resoluciones del SAT.
  • Notificaciones electrónicas en cualquier momento y lugar.
  • Información útil para el cumplimiento de obligaciones fiscales.
  • Invitaciones a programas y beneficios fiscales.

Consecuencias de no activarlo

Los contribuyentes que no cumplan con este requisito se enfrentan no solo a multas económicas, sino también a posibles complicaciones en sus trámites fiscales. El SAT insta a quienes aún no han realizado el proceso a hacerlo cuanto antes para evitar sanciones y facilitar su relación con la autoridad fiscal.


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