Por Miguel González Compeán
En un luminoso libro que escribió hace 40 años, Miguel González Avelar desentrañaba la compleja relación que la corte había tenido con la política a lo largo del siglo XX. El libro se llama La Suprema Corte y la política. La propia Corte, por los generosos auspicios del ministro José Ramón Cosío, lo volvió a publicar hace relativamente pocos años.
En diciembre de 1857, se promulgó la Constitución que se llamó de 1857. Lo que provocó por parte de grupos conservadores una serie de conflictos políticos y militares que dieron por resultado la guerra de reforma. Como consecuencia de ellos Ignacio Comonfort renunció a la presidencia y siendo Juárez presidente de la SCJN, asumió la presidencia interina el 21 de enero de 1858.
A la muerte de Juárez en 1872, triunfó como presidente Sebastián Lerdo de Tejada, quien renunció en 1876, se llamó a elecciones y se declararon fraudulentas por la SCJN y su presidente José María Iglesias quiso tomar la presidencia siendo presidente de la SCJN, como estipulaba la constitución de 1857. Porfirio Diaz salió al paso con el plan de Tuxtepec y se convirtió en presidente por el siguiente periodo, lo demás es conocido.
El libro relata cómo quedó signada la corte después de este asunto llamado el affair Iglesias, sacando prácticamente durante todo el siglo XIX y el XX fuera de la política a la SCJN.
Años después Peter Bauer, Julián Domínguez y el que escribe estas líneas, nos dimos a la tarea de tratar de continuar la tarea de González Avelar. Produjimos un libro llamado Judicatura y Democracia (Cal y Arena) con los auspicios de Luis Rubio y el CIDAC. En él relatamos como las reformas realizadas al poder judicial en 1997 y las modificaciones a la ley de amparo, habrían toda una avenida a la interpretación constitucional y un renovado papel de la corte en el ámbito político.
Desde las postrimerías del siglo XIX, no se veía a la Corte ser parte de la vida política de México como este fin de semana. No importa si fueron 2,000, 10,000 o 50,000, tampoco importa si fueron muchos en la CDMX o en Colima, el hecho duro y concreto es que la Corte es un actor plenamente acreditado en la política mexicana.
Puede exigir que el senado se reúna para nombrar a un consejero del Inai. Puede ordenarle a la autoridad que dote de medicamentos a un niño que no los recibe, por omisiones de la propia autoridad. Puede declarar inconstitucional un decreto presidencial. Puede amparar a la industria eléctrica contra disposiciones contrarias al T-MEC. En fin, está aquí para ser un blalance y enmendar los yerros de la autoridad.
Algunos creen, tontamente, que por eso hay que “obradizar” a la SCJN, cuando su papel no es de representación del pueblo. Eso ya se intentó con la constitución de 1857 y, por cierto, a través de elección indirecta, no directa, como se ha sugerido. Esa discusión ya se tuvo en Estados Unidos y en otras constituciones. Todas usan un sistema similar al mexicano. Sólo Bolivia lo hace por elección y las consecuencias nefastas de eso ya se han visto.
Su papel consiste en velar que las cosas que hace la autoridad se hagan conforme a ley. Velar porque las legislaturas se apeguen al texto constitucional. Velar por corregir, por razones políticas, la distancia que hay entre la voluntad populachera y la ley que tanto nos ha costado construir. Nada más, pero nada menos, también.
Publicada originalmente en: El Economista