¡Conoce el nuevo requisito para tramitar pasaporte y licencia de conducir!

pasaporte

Recientemente, se publicó un nuevo decreto en el Diario Oficial de la Federación que permite a ciertas personas obtener su pasaporte o licencia de conducir.

 

Recientemente se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto que modifica varios artículos de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, específicamente en lo relacionado a las pensiones alimentarias.

Como resultado de estas reformas, se ha establecido un nuevo requisito para obtener el pasaporte y la licencia de conducir en México a partir del 2023.

El objetivo principal de esta medida es asegurar que los deudores alimentarios cumplan con sus obligaciones de pago en relación a las pensiones alimenticias, con el fin de proteger los derechos de los menores de edad que dependen de ellos.

Para lograr esto, se ha creado el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), que será el encargado de expedir el certificado de no inscripción en el RNOA, un documento que será necesario para realizar varios trámites y procedimientos.

A partir de ahora, los padres que están obligados por ley a dar una pensión alimentaria a sus hijos deberán presentar este certificado de no inscripción en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias al momento de tramitar la obtención de licencias y permisos de conducir, pasaportes, documentos de identidad y viaje, y para postularse a cargos políticos o judiciales en el ámbito local o federal.

Además, este certificado también será requerido cuando realicen trámites ante un notario público, como la compraventa de bienes inmuebles, la constitución o transmisión de derechos reales y en solicitudes de matrimonio.

Cabe mencionar que esta medida solo aplica a aquellas personas que tienen a su cargo a menores de edad y les proporcionan pensiones alimenticias, de acuerdo con lo establecido por la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

En caso de que los padres no cumplan con sus obligaciones, podrían ser sancionados y tendrán que responder por los daños y perjuicios causados al acreedor alimentario por las omisiones o informes falsos, sin perjuicio de lo dispuesto por otros ordenamientos legales.

 


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