El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha ordenado al Instituto Nacional Electoral (INE) analizar una queja interpuesta por un ciudadano en contra del periódico “Agusto del Pueblo”. Según la queja, el secretario de Gobernación, Adán Augusto López, estaría utilizando el medio para promover su imagen, lo que podría constituir propaganda política-electoral.
En sesión pública de la Sala Superior, se decidió revocar el desechamiento de la queja que había ordenado el INE. La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral había considerado que no había ninguna infracción en la publicación, porque no existían indicios de una posible propaganda político-electoral ni había vinculación directa con el secretario de Gobernación.
Sin embargo, el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón argumentó en contra de esa postura, señalando que la infracción “no tiene por qué ser o involucrar al secretario de Gobernación, no, no es necesario que haya indicios de que esté involucrado para que se admita la denuncia”. Rodríguez también destacó que el periódico en sí mismo es el documento que se debe analizar para determinar si constituye propaganda o no y si puede incurrir en alguna otra violación en materia electoral.
Por su parte, el magistrado José Luis Vargas consideró que la autoridad administrativa actuó correctamente al seguir los criterios y la línea jurisprudencial del TEPJF, que establecen una presunción de licitud de un medio periodístico para efectos de cuestiones que no son nítidas en torno a un acto anticipado de campaña o una promoción personalizada.
En última instancia, el voto de calidad del magistrado presidente definió la resolución en la que se ordenó a la unidad técnica del INE que valore si no hay otro motivo de desechamiento y entonces admita la queja.
En resumen, el TEPJF ha ordenado al INE analizar una queja contra el periódico “Agusto del Pueblo”, en la que se acusa al secretario de Gobernación de utilizar el medio para promover su imagen. La decisión de revocar el desechamiento de la queja ha sido controvertida, pero finalmente el voto de calidad del magistrado presidente ha definido la resolución. Ahora se espera que la unidad técnica del INE valore la queja y determine si hay elementos indiciarios para admitirla.