Los dueños del restaurante en La Polar, ubicado en la colonia San Rafael, alcaldía Cuauhtémoc promovieron un amparo contra la clausura del establecimiento, luego del asesinato de Antonio Monroy, ocurrido el 7 de enero.
El juez Martín Adolfo Santos Pérez decidió no admitir a trámite la demanda de amparo, ya que existen algunas irregularidades en el escrito que presentaron los dueños de La Polar.
Sin embargo, el juez dio un plazo de cinco días para realizar las correcciones del escrito presentado.
De la lectura integral del escrito de demanda se advierten irregularidades que impiden admitir a trámite de conformidad con los requisitos previstos por los artículos 108 y 110, segundo párrafo, de la Ley de Amparo”.
Explicó que se desprende que el quejoso adujo no solo acudir al juicio constitucional en representación de la moral quejosa, sino también, por propio derecho.
Sin embargo, y atendiendo a la naturaleza de los actos que se reclaman -en síntesis, la clausura de un establecimiento mercantil-, en relación con los anexos exhibidos, no se observa, con claridad, la razón por la que dicha persona podría promover este juicio de amparo”, señaló el juez.
Detalló que en la petición de amparo se advierte que la parte quejosa reclama de diversas autoridades, distintos actos que guardan relación con un procedimiento de verificación que se le está siguiendo a La Polar.
No obstante, fue omisa en especificar de las autoridades de la alcaldía Cuauhtémoc y del Instituto de Verificación Administrativa de la Ciudad de México, cuál es el acto específico que atribuye a cada una, pues no pueden llevar a cabo los mismos actos.
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