Los Rayados tuvieron un fin de semana trágico al ser eliminados en semifinales por Pachuca en el estadio BBVA. Sin embargo, por si fuera poco, podrían recibir una multa millonaria y el eventual veto del Gigante de Acero por el comportamiento de su afición tras la sanción a Avilés Hurtado.
El Reglamento de Sanciones de la FMF recuerda que “el club local es responsable del comportamiento incorrecto de los Grupos de Animación y del público en general que concurra a los Estadios durante los partidos oficiales y amistosos” y dentro de las actitudes que se consideren inapropiadas arrojar objetos al terreno de juego, tales como hizo la afición de Rayados con vasos de cerveza en la celebración del gol del colombiano y en el túnel de salida de los jugadores.
La Liga MX ha publicado un comunicado en redes sociales en el que repudia el accionar de los hinchas, por lo que se espera que tomen medidas al respecto, Monterrey podría iniciar el próximo torneo sin aficionados además de pagar una multa de casi 2 millones de pesos, según establece el reglamento.
La LIGA MX reprueba el mal comportamiento en las tribunas del Estadio BBVA al finalizar el partido @Rayados vs. @Tuzos y solicita a la Comisión Disciplinaria tomar las medidas correspondientes con base en los reportes del cuerpo arbitral y el Comisario. pic.twitter.com/6KmXiIJzB4
— Liga BBVA MX (@LigaBBVAMX) October 24, 2022
“Las sanciones a las que debe imputarse el club local por la conducta incorrecta de los Grupos de Animación y público en general son amonestaciones y/o sanciones de 200 a 20.000 UMA, y/o Sanción de Estadio para uno o más partidos y/o cualquiera de las sanciones previstas en el artículo 6 de este Reglamento.
En caso de hechos más graves y/o reincidencia, la sanción podrá ser aumentada según lo determine la Comisión Disciplinaria”, reza el Reglamento de Sanciones.
Si se decidiera darle el máximo de UMA a los ejecutivos regiomontanos (20 mil), tendrían que pagar 1 millón 924 mil 400 pesos. Las UMA son la Unidad de Medición y Actualización que, según el INEGI, actúa como “referencia económica en pesos para determinar el monto del pago de las obligaciones y supuestos previstos por las leyes federales y estatales, así como por las disposiciones de la ley que derivan de todo lo anterior”.