Por cuatro votos contra uno, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló, el 10 de mayo del 2022, la constitucionalidad que faculta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para acceder a la información bancaria de personas y empresas, sin necesidad de una orden judicial previa.
El máximo tribunal aprobó una jurisprudencia que avala un artículo de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC), en la que se establece que el secreto bancario no opera tratándose de información requerida por las autoridades hacendarias federales para fines fiscales.
“La norma no es contraria al texto constitucional, pues si bien el artículo 16 protege el derecho a la privacidad, la facultad de las autoridades hacendarias para obtener información bancaria sin autorización judicial persigue una finalidad legítima y satisface los requisitos de idoneidad, necesidad y proporcionalidad”, indica el fallo.
Según lo informó el diario Reforma, la Primera Sala de la SCJN se dispone a negar un amparo promovido por el empresario Moisés Mansur Cisneyros, acusado por fraude fiscal de 12.4 millones de pesos, además de lavado de dinero.
Ello por operar como presunto prestanombres de Javier Duarte de Ochoa, ex gobernador de Veracruz del 1 de diciembre del 2010 al 12 de octubre del 2016, en la compra de terrenos por 439 millones de pesos, a través de empresas fantasma.
Mansur Cisneyros, quien radica en Canadá desde el 2017, alega en su amparo que fue inconstitucional el acceso a la información de sus cuentas en la acusación por lavado de dinero, y que los datos fueron entregados a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), que aunque depende de la SHCP, no se encarga de recaudar impuestos, tal como sí lo hace el Servicio de Administración Tributaria