La resolución de la SCJn con respecto a la información de los medios de comunicación podría afectar la libertad de expresión
Si el pleno de la Suprema Corte de Justicia avala a fines de este mes la disposición de que la TV y la radio diferencien entre información noticiosa y opinión, y además sometan al arbitrio de una autoridad el registro de sus códigos de ética, el retroceso en materia de libertad de expresión e información nos devolverá a las épocas más autoritarias del viejo régimen de partido casi único.
Desde la sentencia de la Primera Sala, impulsada el 19 de enero por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, se ha develado un interés claro de control y censura que contraviene a los artículos sexto y séptimo constitucionales, que garantizan la libertad expresión, como una de las muchas victorias democráticas mexicanas.
La Convención Americana de Derechos Humanos y la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión son manifestaciones universales de las garantías que debe gozar todo ser humano.
Más aún, nadie está obligado a lo imposible. La frontera entre información y opinión no es una línea definida. Vayamos a la materia prima básica: el género periodístico noticioso por excelencia, la nota informativa, responde a seis preguntas fundamentales: qué, quién, cómo, cuándo, dónde, y otra que inevitablemente requiere de una interpretación documentada de la realidad e implica, en una gran cantidad de casos, un juicio de valor: por qué.
Otros géneros periodísticos exigen investigación de fondo que, como un método científico aplicado a los fenómenos y sucesos sociales, genera hipótesis, analiza, escucha todas las posiciones y llega a conclusiones. Nada de eso es posible sin un mar de opiniones en el camino. Los datos duros por sí solos no explican. Los números fríos no retratan en automático la realidad que estudian. Detrás de cada uno hay seres humanos que sufren, afrontan, ríen y lloran.
La mañanera es transmitida todos los días por varias estaciones de TV y radio. En ese ejercicio diario de comunicación, el presidente de México estaría obligado a especificar los momentos en que informa y en que opina.
Privar a las audiencias de todo eso, es lo contrario a cuidarlas, como supuestamente justifica el amparo otorgado a la asociación autodenominada Centro de Litigio Estratégico para la Defensa de los Derechos Humanos. El verdadero derecho de las audiencias es que tengan una variedad de ofertas informativas y la libertad de elegir.
El recién estrenado documental Historia de un Despojo, Autoritarismo, Control, Venganza, muestra cómo en las primeras décadas de la radio, el Estado ponía supervisores en cada cabina de transmisión, que enviaban informes diarios a la autoridad en que diagnosticaban si los comunicadores se habían “excedido” en su libertad de expresión con comentarios críticos sobre funcionarios y medían los tiempos de publicidad para asegurar el cobro riguroso de los impuestos.
En 1977, el gobierno creó la Dirección General de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC), comandada por Margarita López Portillo, quien regía con mano de hierro el control y censura oficial. Su hermano, el entonces presidente de la República, no tenía empacho alguno en el lineamiento principal para la asignación de publicidad gubernamental: “no pago para que me peguen”.
El ministro Juan Luis González Alcántara no es ajeno a esa historia. En ese mismo 1977, otro organismo creado fue la Productora Nacional de Radio y Televisión (Pronarte), de la que fue asesor de acuerdo con su currículum oficial, encargada de la generación de contenidos alineados con la política restrictiva de entonces, sobre todo para los tiempos oficiales.
¿Es la tendencia regresar a esos tiempos que tantos años, luchas, sangre y episodios amargos nos costó superar? Definitivamente, no debe ser así. Ante la duda, libertad.
POR ADRIANA DELGADO RUIZ
ADRIANAD16@YAHOO.COM.MX
@ADRIDELGADORUIZ