El M. en D. Raúl Flores Bernal, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de México, atendiendo a la invitación que le hizo el Poder Judicial del Estado de México, impartió la Conferencia Magistral titulada: “Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género”.
Quien inició su plática haciendo una breve introducción al tema, refiriendo la evolución que ha tenido la justicia electoral a lo largo de estos últimos años citando los recursos que se pueden interponer en contra de los resultados de las elecciones; resaltando el Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano Local, el Procedimiento Especial Sancionador, el Procedimiento Ordinario Sancionador, así como el Juicio de Revisión Constitucional, entre otros.
Al abordar el tema motivo de la disertación, señaló que la violencia política contra las mujeres en razón de género, es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la vida pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, al libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, o cargos públicos del mismo tipo.
Hizo referencia a la reforma constitucional sobre paridad de género del 6 de junio de 2019, por la que fueron impactadas cinco leyes generales y tres orgánicas, agregando que de acuerdo con estas reformas, la violencia política contra las mujeres, se configura con tres elementos: 1. Acciones u omisiones de cualquier tipo; 2. Basada en elementos de género en ámbitos públicos o privados y 3. Con el objeto o resultado de limitar, menoscabar o anular el ejercicio de derechos político-electorales, el pleno ejercicio de su cargo, labor o actividad o bien el acceso y ejercicio de prerrogativas cuando se trate de precandidaturas, candidaturas o funciones y cargos públicos del mismo tipo.
Agregó que, estas acciones u omisiones pueden ser generadas por agentes estales, superiores jerárquicos, colegas de trabajo, dirigentes de partidos políticos, militantes, simpatizantes, precandidatos, candidatos, medios de comunicación o particulares.
También comentó que la violencia política contra las mujeres, puede convertirse en delito electoral y en la reforma se contemplan penas que van de 50 a 300 días multa, y al violentador se le inscribirá en el Registro Nacional de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
A lo largo de su participación, citó algunos casos sobre el tema de los que ha conocido el Tribunal y finalizó diciendo que los órganos jurisdiccionales tienen el deber de erradicar cualquier forma de desigualdad causada por violencia o estereotipos hacia las mujeres y agregó que en el Tribunal Electoral del Estado de México se juzga con perspectiva de género.
El titular del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura de la entidad, Dr. Ricardo Sodi Cuellar, hizo mención que con la participación del Mgdo. Flores Bernal se promueve la actividad académica y profesional entre ambas instituciones.