Instruyó al Congreso a echar para atrás toda una reforma legislativa sólo para validar un amparo concedido a un particular
Siendo un pilar fundamental de la democracia, la libertad de expresión está de nuevo en serio peligro.
La SCJN instruyó al Congreso a echar para atrás toda una reforma legislativa sólo para validar un amparo concedido a un particular lo que a todas luces antepone un interés privado frente al beneficio colectivo. El asunto es muy grave porque concede efectos generales a su sentencia e incluso estaría extralimitando sus facultades e invadiendo las del Poder Legislativo. De ser así, ¿a quién acudir si la Corte es el tribunal más alto del país? ¿A instancias internacionales?
La sentencia dispone eliminar la reforma que se hizo en 2017 al artículo 256 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, para devolver al Instituto Federal de Telecomunicaciones la facultad de imponer lineamientos de ética y contenidos a la radio y la televisión, bajo la excusa de defender los derechos de las audiencias.
El proyecto presentado por el ministro Javier Laynez Potisek fue avalado por la Segunda Sala de la Corte, confirmando así el amparo que había concedido el juez Jonathan Bass Herrera a una organización civil llamada Asociación Mexicana de Defensorías de Audiencias y cuatro de sus integrantes, dos de ellos ahora funcionarios en un medio de comunicación público.
AMDA, según sus siglas, no tiene una representación ni influencia en el gremio, como sería de esperarse de una organización que busque incidir de manera positiva y bien intencionada en favor de los consumidores de contenidos de medios electrónicos. La industria de la radio y la televisión, en cambio, asumió agregar en su estructura gremial a un defensor de las audiencias e impulsó mecanismos serios de autorregulación acordes con la libertad de competir con calidad entre medios por el favor de los consumidores.
El artículo 256 no fue modificado en 2017 por un capricho. Sin esa reforma dio pie a que el IFT emitiera lineamientos que establecen que cada empresa de radio y televisión registre un código de ética bajo el cual la autoridad podría supervisar los contenidos de sus transmisiones, establecer sanciones y además dar vista a las secretarías de Gobernación y Salud en caso de que considere haber visto otras violaciones.
También dispone que los periodistas marquen claramente cuando están informando un hecho noticioso y cuando están opinando. La gran pregunta es ¿cuál es la frontera? ¿Quién decide si un adjetivo, un gesto, una inflexión de voz, un sonido ambiental o una declaración se toman como parte de la narración, como una interpretación o un juicio de valor?
El IFT optó por no poner en vigor esos lineamientos y el Congreso, entonces, decidió hacer la reforma legal que ahora la SCJN echó atrás.
Hasta las conferencias mañaneras están incluidas, porque se transmiten, sobre todo, en los medios públicos. De por sí, nuestra democracia está en riesgo. Uno de sus pilares más importantes, la libertad de expresión debe ser defendido. En ello nos va el futuro.
POR ADRIANA DELGADO RUIZ
@ADRIDELGADORUIZ