Senadores aprobaron que los trabajadores tengan derecho a la “desconexión digital” tras su jornada laboral, es decir, que fuera del horario de trabajo no contesten llamadas, mensajes ni correos electrónicos sobre su empleo. Esto al avalar con 116 votos a favor la adición del artículo 68 bis a la Ley Federal del Trabajo.
“Las y los trabajadores tendrán derecho a la desconexión digital a efecto de que les sean garantizados, fuera del tiempo de trabajo legal o convencionalmente establecido, el respeto a su tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar”, menciona dicho artículo aprobado.
Este derecho se establece a partir de la modalidad de trabajo a distancia debido al Covid-19.
La reglamentación avalada explica que la regulación y modalidades para el ejercicio de este derecho privilegiarán la conciliación de la actividad laboral y la vida personal, y se sujetarán a lo establecido en la negociación colectiva o a lo acordado entre el patrón y los representantes de los trabajadores.
Señala que el patrón -en coordinación con las personas representantes de los trabajadores- deberán elaborar una política interna dirigida a los trabajadores en la que habrán de definirse las modalidades para ejercicio del derecho a la desconexión y las acciones de sensibilización del personal sobre el uso razonable de las herramientas tecnológicas que evite el riesgo de fatiga u otros problemas de salud.
También menciona que se deberán crear mecanismos para prevenir y sancionar los actos hostiles que puedan suscitarse cuando el trabajador ejerza su derecho a la desconexión digital en el ámbito laboral.
La minuta fue enviada a la Cámara de Diputados.