La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación
16/2021 al Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Luis Antonio Ramírez Pineda, por violaciones a los derechos a la legalidad y a la seguridad jurídica, así como al acceso a la justicia y al plazo razonable, en agravio de una persona, atribuibles a personal adscrito al instituto.
Esta Comisión Nacional acreditó el incumplimiento de un laudo firme emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje el 7 de febrero de 2012, que causó estado el 30 de octubre de 2012, mediante el cual se condenó al ISSSTE a la reinstalación forzosa de la víctima como Subjefe de Departamento, así como el pago de salarios caídos y demás prestaciones en los mismos términos y condiciones que tenía.
En su investigación también constató que personal del ISSSTE incurrió en responsabilidad en el desempeño de sus funciones, al no cumplir con la obligación de acatar el laudo, omitir solicitar el presupuesto requerido para su cumplimiento y no gestionar los recursos para los pagos correspondientes, así como los trámites administrativos para la reinstalación de la víctima.
Por ello, este Organismo Nacional recomendó al Director General del ISSSTE reparar el daño ocasionado a la víctima e inscribirla en el Registro Nacional de Víctimas, para que, sin más dilación, se cumpla en todos sus puntos el laudo al que fue condenado el ISSSTE; colaborar con la vista que presentará al Órgano Interno de Control en el ISSSTE, para que investigue y determine las responsabilidades administrativas de las personas servidoras públicas que hayan participado en los hechos, lo que deberá hacerse constar
en sus expedientes administrativos y laborales.
Periférico Sur 3469, Col. San Jerónimo Lídice, Magdalena Contreras, C.P. 10200
Ciudad de México La CNDH también le pidió elaborar un plan de trabajo para enfrentar y dar cabal cumplimiento a los laudos firmes que las autoridades laborales en su oportunidad emitan; capacitar al personal adscrito al ISSSTE sobre derecho a la legalidad y seguridad jurídica, acceso a la justicia y al plazo razonable; y designar a una persona servidora pública de alto nivel de decisión quién fungirá como enlace con esta
Comisión para dar seguimiento al cumplimiento de esta Recomendación.