La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, les recordó a las instituciones financieras que no apliquen la geolocalización de dispositivos para operaciones financieras serán sujetos a sanciones.
“La CNBV, a través de sus labores de supervisión, verificará que las instituciones financieras cumplan dicha medida. Como con todas las obligaciones en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, las instituciones financieras que se encuentren en incumplimiento, serán sujetas de la sanción correspondiente”, informó.
A partir del 21 de marzo, entraron en vigor de manera escalonada y por sector las reformas que obligan a las instituciones financieras de diversos sectores a obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo, a través del cual, sus clientes realicen operaciones o servicios.
“Cabe precisar que el requisito de obtener la geolocalización de los dispositivos tiene como objeto contar con un indicador de riesgo del cliente que permita a las instituciones financieras obtener información de la zona geográfica al momento de ejecutar operaciones no presenciales que se lleven a cabo en dispositivos que el cliente tiene en su poder y de las que se desconoce su ubicación; por lo que solo pueden saber desde dónde se están realizando las mismas recabando la geolocalización de dicho dispositivo”, agregó.
Por último, es importante mencionar que, la CNBV en conjunto con la Secretaría de Hacienda y con las instituciones financieras siguen avanzando para implementar nuevas tecnologías para la protección de los usuarios y así prevenir delitos financieros.