Medidas de protección de la salud por ozono y partículas para la ZMVM

En conferencia de prensa, la Comisión Ambiental de la Megalópolis, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales del Gobierno de México y las Secretarías del Medio Ambiente de la Ciudad de México y del Estado de México, dieron a conocer las medidas para atender el resolutivo emitido por el Juzgado Cuarto de Distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, referente a la solicitud de amparo indirecto promovido contra los niveles de activación del Programa para Prevenir y Responder a Contingencias Ambientales Atmosféricas que aplica en la Zona Metropolitana del Valle de México.

En la Ciudad de México, el juez ratificó la suspensión definitiva decretada dentro del juicio de amparo 937/2019 y reconoció la facultad de la autoridad para definir las medidas necesarias en caso de que se superen los niveles establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas de protección de la salud. En el Estado de México, el juez negó la suspensión.

Bajo esta condición y respetando la orden del juez, la Comisión Ambiental de la Megalópolis ha definido las recomendaciones a la población para proteger su salud al superar los 100 puntos del índice de calidad del aire para ozono y partículas PM10 y PM2.5 en la Zona Metropolitana del Valle de México. Estas recomendaciones protegerán a la población susceptible (niños, adultos mayores y personas con enfermedades cardiorrespiratorias), logrando que se mantenga informada permanentemente sobre la calidad del aire.

Cuando se rebasen los 100 puntos del índice de calidad del aire para ozono y partículas PM10 y PM2.5, se recomienda a la población aplicar las siguientes medidas:

  1. Evitar la exposición al aire libre de los grupos susceptibles.
  2. Evitar fumar, especialmente en espacios cerrados.
  3. Reducir el uso del vehículo particular, compartir el auto y utilizar el servicio de transporte público.
  4. Reducir el uso de productos que contienen compuestos orgánicos volátiles (solventes), tales como: pinturas en aerosol, pinturas base aceite, barnices, aromatizantes y limpiadores domésticos, entre otros.
  5. Reportar cualquier tipo de incendio de manera inmediata.
  6. Revisar y reportar fugas de gas de manera inmediata, a los teléfonos:
  7. Ciudad de México: Locatel: 56-58-11-11.
  8. Estado de México: Centro de Atención Telefónica: 01-800-6969-696.

En caso de que se rebasen los 150 puntos de ozono o partículas PM2.5 o PM10, la Comisión Ambiental de la Megalópolis emitirá los comunicados para informar a la población sobre las medidas y recomendaciones para cuidar su salud, así como para reducir emisiones de contaminantes de los sectores de transporte, industria, comercio y servicios en la ZMVM. Estas medidas se establecen para evitar un mayor deterioro de la calidad del aire, sin afectar otros derechos humanos de los habitantes de la ZMVM.

Las autoridades ambientales mencionaron que comparten el fin común de mejorar la calidad del aire y de proteger la salud pública en el Valle de México.

Se informó que la Comisión Ambiental de la Megalópolis seguirá informando sobre el estado de la calidad del aire para proteger la salud de la población en la Zona Metropolitana del Valle de México, a través de la aplicación para teléfonos móviles y sitios que se enlistan.

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El Índice de Calidad del Aire y su pronóstico a 24 horas se pueden consultar en la página web: www.aire.cdmx.gob.mx y en la aplicación AIRE que se encuentra disponible para dispositivos iOS y Android.

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