Esto descontarán de tu nómina para el pago de ISR en 2023

ISR en 2023

El desglose del impuesto se toma en cuenta respecto al salario y a la tabla del SAT

 

A raíz de la inflación, el descuento del Impuesto Sobre la Renta (ISR) será menor a partir del próximo año, pues cuando la inflación supera el 10% el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ajusta la tabla que toma como base para el cálculo de la tasa de este impuesto.

En ese sentido, hay que recordar que el ISR deberá tomarse en cuenta respecto al salario de los empleados en el país y a la tabla que lidera el SAT para conocer el resultado en cada caso.

La inflación acumulada fue de 15.31% al cierre de 2021 a noviembre de 2022, según la calculadora de inflación del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). Ante ello, la Secretaría de Hacienda decidió hacer la modificación y ubicará al contribuyente en un renglón anterior en su tabla de base de cálculo del ISR.

Y es que el pasado martes 27 de diciembre, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las tablas de las nuevas tarifas del ISR. De ese modo, a partir de enero de 2023 habrá un ahorro en el pago del impuesto para los contribuyentes.

Ejemplos del desglose para calcular ISR.

La disminución la verán reflejada trabajadores de la iniciativa privada, sector público, personas físicas con actividad profesional y empresarial. Así como aquellos que cuenten con una o varias propiedades en renta o ingresos por plataformas tecnológicas, entre otros.

Por ejemplo, trabajadores que acceden a un salario mensual de hasta 15 mil pesos, tendrán una retención de al menos 12% en el ISR, según los ajustes.

El ISR puede variar, ya que va desde el 1.0% hasta el 35% cada mes por los ingresos percibidos por personas físicas o morales. Por ello, el porcentaje se considerará dependiendo de la cantidad de dinero recibida, es decir, mientras más dinero se obtenga, más ISR se tendrá que pagar mensualmente.

El ISR siempre deberá contemplarse, y en caso de no cumplir con la obligación del pago del Impuesto Sobre la Renta, tanto personas físicas como morales serán acreedoras a una sanción de tipo económica, penal o administrativo, ya que dependerá de las condiciones de la omisión.


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