PROTEGE CODHEM DERECHOS HUMANOS DE MADRES INTERNAS Y DE SUS HIJAS E HIJOS EN CENTROS PENITENCIARIOS

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El Organismo supervisa que se garantice trato digno, salud, alimentación, convivencia familiar, desarrollo integral e interés superior de la niñez.
Toluca, Estado de México, 14 de mayo de 2026. – Las mujeres privadas de la libertad que son madres enfrentan condiciones particulares de vulnerabilidad, derivadas no solo de su situación jurídica, sino también de desigualdades previas vinculadas al género, la pobreza, el nivel educativo, la violencia familiar o de pareja, así como de condiciones estructurales e institucionales que deben ser atendidas con perspectiva de derechos humanos, afirmó Alejandro Zamora Vázquez, Visitador Especializado de Atención a Personas Privadas de la Libertad de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (CODHEM).
Explicó que la CODHEM realiza supervisiones periódicas en los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social de la entidad para verificar que las mujeres privadas de la libertad que son madres, así como sus hijas e hijos que viven con ellas, reciban atención médica, alimentación suficiente y nutritiva, espacios dignos, trato libre de violencia, acceso a servicios especializados y condiciones adecuadas para la convivencia familiar y el desarrollo integral de niñas y niños.
Zamora Vázquez señaló que, en el Estado de México, existen aproximadamente 2 mil 800 mujeres privadas de la libertad, de las cuales 22 niñas y niños viven con sus madres dentro de centros penitenciarios. Por ello, subrayó que la atención institucional debe considerar tanto los derechos de las mujeres como el principio del interés superior de la niñez, especialmente cuando se trata de infancias que se encuentran en un entorno penitenciario sin haber cometido delito alguno.
El Visitador Especializado indicó que, históricamente, los centros penitenciarios fueron diseñados bajo una lógica predominantemente masculina, por lo que las condiciones de infraestructura, servicios y programas no siempre responden a las necesidades específicas de las mujeres. Esto puede generar carencias en materia de salud reproductiva, atención psicológica especializada, espacios adecuados para la maternidad, convivencia familiar, lactancia, desarrollo infantil y acompañamiento emocional.
Recordó que la Ley Nacional de Ejecución Penal establece que las hijas e hijos de mujeres privadas de la libertad pueden permanecer con su madre dentro del centro penitenciario durante la etapa de lactancia y hasta los tres años. En casos excepcionales, como cuando la niña o el niño presentan alguna discapacidad y la madre es la única persona que puede hacerse cargo de su cuidado, puede solicitarse una ampliación conforme a la valoración correspondiente.
En ese sentido, precisó que los centros penitenciarios deben garantizar condiciones materiales adecuadas, espacios seguros, higiénicos y dignos, compatibles con las necesidades físicas, emocionales y sociales de las infancias. Asimismo, deben asegurar el acceso efectivo a servicios de salud y, cuando el centro no cuente con infraestructura o personal médico suficiente, la atención deberá brindarse mediante instituciones públicas, con continuidad y calidad.
Además, las niñas y niños que viven con sus madres en centros penitenciarios deben contar con atención pediátrica, educación inicial, actividades recreativas, lúdicas y de estimulación temprana, alimentación acorde con su edad y necesidades, así como protección integral frente a cualquier forma de violencia, abuso, negligencia o trato inadecuado.
Finalmente, Alejandro Zamora Vázquez destacó que la CODHEM también brinda orientación, atiende quejas de mujeres privadas de la libertad o de sus familiares, promueve la capacitación del personal penitenciario e impulsa acciones que contribuyan a mejorar las condiciones de vida en los centros penitenciarios, con especial atención a mujeres, niñas y niños.