EMITE CODHEM RECOMENDACIÓN A SEIEM PARA GARANTIZAR INSTALACIONES DIGNAS Y SEGURAS EN DOS ESCUELAS DE SULTEPEC

FOTO BOL. 067 (2)
La Recomendación 3/2026 protege el interés superior de niñas, niños y adolescentes, así como sus derechos a la educación, a la integridad y seguridad personal, a recibir educación de calidad y a la protección civil.
 
Toluca, Estado de México, 7 de mayo de 2026.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la Recomendación 3/2026 dirigida a los Servicios Educativos Integrados al Estado de México (SEIEM), derivado de las condiciones de riesgo detectadas en el Jardín de Niños “Manuel González” y en la Escuela Telesecundaria “Dr. Gustavo Baz Prada”, ubicadas en la comunidad de Capula, municipio de Sultepec.
La CODHEM determinó que la actuación institucional de SEIEM fue insuficiente para garantizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes, así como los derechos a la integridad y seguridad personal, a la educación, a recibir educación de calidad, a las buenas prácticas de la administración pública y a la protección civil de la comunidad escolar.
El expediente se inició luego de que personal de la Visitaduría General sede Toluca realizó una visita a la Telesecundaria “Dr. Gustavo Baz Prada”, donde advirtió daños de consideración en la infraestructura del inmueble. Posteriormente, también se documentaron afectaciones en el Jardín de Niños “Manuel González”, ubicado dentro del mismo predio.
De acuerdo con la investigación, en la telesecundaria, según refirió su director, existían daños relacionados con los movimientos telúricos de 2017. En un aula que se pretendía habilitar como sala de cómputo se observaron grietas en paredes, fisuras en el techo, filtraciones de agua, daños en la losa y desprendimientos alrededor del marco de la puerta de ingreso, por lo que el espacio dejó de utilizarse para actividades escolares y fue destinado como bodega.
Asimismo, se documentó que el derrumbe de la barda perimetral del preescolar y las afectaciones en la malla perimetral de la telesecundaria estuvieron relacionadas con trabajos realizados en un terreno contiguo, para la ampliación de la telesecundaria.
Aunque los directivos de ambos planteles informaron la situación a las autoridades educativas y se implementaron medidas preventivas, como delimitación de espacios, control de acceso, colocación de cintas de advertencia, asesoría sobre protocolos de seguridad, instalación de cámaras de vigilancia, señalización de evacuación y apuntalamiento de zonas afectadas, la CODHEM advirtió que dichas acciones no resolvieron de fondo las condiciones de riesgo.
Durante sus indagatorias, este Organismo constató que, en el jardín de niños, las y los alumnos de tercer grado tomaban clases en una carpa de lona; además, se observaron daños estructurales en áreas restringidas, cuarteaduras en paredes, pisos y losas, espacios sin puertas ni ventanas, escombro, sanitarios fuera de funcionamiento, afectaciones en cimientos, bodegas fracturadas y bardas en proceso de deterioro.
En visitas realizadas durante 2025 y 2026, la CODHEM verificó que la comunidad del preescolar fue trasladada temporalmente a instalaciones de la Escuela Preparatoria Oficial Anexa a la Normal de Sultepec, mediante un contrato de comodato por dos años. Sin embargo, en la telesecundaria se advirtió que las áreas dañadas permanecían en condiciones similares de deterioro, mientras continuaban las actividades escolares.
La Comisión también tomó en cuenta que madres y padres de familia del preescolar solicitaron desde junio de 2024 la intervención urgente de las autoridades educativas, al señalar que el centro educativo se encuentra en una comunidad rural y de bajos recursos, lo que exige una respuesta institucional reforzada y sensible al contexto social.
Por lo anterior, la CODHEM concluyó que SEIEM no ponderó adecuadamente los daños estructurales ni realizó las gestiones necesarias para garantizar condiciones educativas seguras, dignas y acordes con el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
Como parte de la Recomendación, SEIEM deberá coordinarse con el Instituto Mexiquense de la Infraestructura Física Educativa para dotar de instalaciones dignas y seguras a las comunidades escolares del Jardín de Niños “Manuel González” y de la Escuela Telesecundaria “Dr. Gustavo Baz Prada”, en un plazo máximo de dos años, además de remitir informes trimestrales a la CODHEM sobre los avances.
De igual manera, deberá valorar la reubicación temporal del alumnado de la telesecundaria en una escuela cercana o implementar una alternativa viable que no afecte la economía de las familias por razones de distancia. En caso necesario, SEIEM tendrá que facilitar los medios requeridos para que niñas, niños y adolescentes ejerzan su derecho a la educación en condiciones dignas y seguras.
Asimismo, la autoridad recomendada deberá realizar las gestiones necesarias para constituir las Unidades Internas de Protección Civil en ambos planteles y elaborar los programas internos o específicos correspondientes, en un plazo de tres meses a partir de la aceptación de la Recomendación.
Con esta determinación, la CODHEM reitera que el derecho a la educación no se agota con el acceso a un aula: exige espacios seguros, infraestructura adecuada, protección civil efectiva y condiciones que permitan a niñas, niños y adolescentes aprender sin poner en riesgo su integridad.