Congreso Guanajuato tipifica violencia vicaria en Código Penal

Congreso Guanajuato violencia vicaria

Congreso Guanajuato tipifica violencia vicaria en Código Penal.

Recibe noticias al instante en WhatsApp

Congreso establece sanciones de prisión y multas

El Congreso de Guanajuato aprobó una reforma al Código Penal estatal para incorporar el delito de violencia vicaria, una forma de agresión que se ejerce contra las mujeres mediante el daño o la manipulación de sus hijas, hijos o personas cercanas. La nueva disposición contempla penas de tres a siete años de prisión, además de multas que van de 300 a 700 días.

Los legisladores añadieron el capítulo VIII al ordenamiento penal, donde el artículo 221 D define este delito. Según la reforma, incurre en violencia vicaria quien ejerza violencia contra una mujer con la que mantenga o haya mantenido relación de matrimonio, concubinato o vínculo afectivo similar, y utilice a hijos, familiares, personas significativas o bienes para causarle daño o perjuicio.

La norma también establece que existe violencia cuando una persona amenaza con dañar a los hijos o familiares, o cuando utiliza estos vínculos como medio para generar presión emocional o psicológica sobre la víctima.

¿Qué conductas contempla la violencia vicaria?

El nuevo tipo penal describe varias conductas que configuran violencia vicaria. Entre ellas se encuentran impedir o condicionar la convivencia entre la madre y sus hijos, así como utilizar a los menores para obtener información sobre la víctima.

También se considera delito condicionar el pago de pensión alimenticia a cambio de favores o decisiones que afecten a la madre. La legislación incluye además acciones destinadas a provocar rechazo, miedo, odio o desprecio de los hijos hacia la mujer.

Otro supuesto ocurre cuando una persona presenta denuncias o procesos legales con hechos falsos con el objetivo de obtener custodia, guarda o pérdida de la patria potestad de los menores. En casos extremos, la ley también contempla situaciones donde se incite a los hijos a ejercer violencia contra su madre o incluso se les induzca al suicidio.

Profundiza este contenido con: ¿Qué es la violencia vicaria?, motivo de la marcha de novias en CDMX

¿Cuándo aumentan las penas?

El artículo 221 E establece que la sanción podrá incrementarse hasta en un tercio cuando se presenten circunstancias agravantes. Entre ellas se encuentran lesiones contra los hijostráfico de influencias o corrupción de funcionarios involucrados en los procesos legales relacionados con el caso.

Asimismo, el castigo se agrava cuando el agresor utiliza un cargo público o posición laboral para cometer o facilitar este tipo de violencia.

La Comisión de Justicia del Congreso señaló que esta reforma busca fortalecer la protección jurídica de las mujeres, ya que este tipo de agresión se dirige de forma desproporcionada contra ellas. Con esta modificación, el estado incorpora una herramienta legal específica para sancionar y prevenir la violencia vicaria.

Aquí va un video, no te lo pierdas: 


🚀 Si buscas mantenerte al día con las noticias nacionales e internacionales más relevantes 🌐

¡Este canal es para ti!