¡No lo dejes para el final! El SAT recuerda el plazo límite para personas morales en 2026.
SAT fija plazo para declaración anual
El Servicio de Administración Tributaria recordó que las empresas tienen hasta el 31 de marzo de 2026 para presentar su Declaración Anual correspondiente al ejercicio fiscal 2025. La autoridad fiscal llamó a las personas morales a cumplir en tiempo y forma con esta obligación.
El organismo precisó que las personas morales sin fines de lucro debieron presentar su declaración a más tardar el 16 de febrero. En cambio, el resto de los contribuyentes que tributan en los regímenes establecidos en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y en el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) cuentan con plazo hasta el 31 de marzo.
Plataforma incluye información precargada
El SAT informó que su plataforma digital incorpora datos precargados para facilitar el llenado de los formularios. Entre la información disponible se encuentran los pagos provisionales realizados durante el ejercicio, la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada y las retenciones efectivamente enteradas, como el ISR por sueldos y salarios, asimilados, arrendamiento y Resico.
Además, el sistema incluye datos de Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) relacionados con devoluciones, descuentos y bonificaciones. También integra remanentes de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos y subsidio para el empleo, entre otros conceptos.
La autoridad fiscal señaló que, si el contribuyente necesita modificar ingresos u otros datos precargados, deberá presentar declaraciones complementarias. Asimismo, aclaró que cuando exista saldo a cargo, la actualización de la información se reflejará 48 horas después de realizar el pago. Si el resultado arroja saldo en ceros, el sistema mostrará la actualización en un plazo aproximado de 24 horas.
Para enviar la declaración, las empresas deben contar con e.firma vigente y con servicio de banca electrónica. En caso de obtener saldo a cargo, el pago deberá realizarse mediante transferencia electrónica a través de instituciones bancarias autorizadas para el cobro de contribuciones federales.
Finalmente, el SAT reiteró que estas herramientas buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y fortalecer la recaudación federal.
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