¿Adiós al IVA? Suprema Corte pone bajo la lupa productos menstruales
SCJN revisa IVA a gestión menstrual
¿Qué analiza la Suprema Corte?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revisa la posibilidad de aplicar tasa cero de IVA a todos los productos de gestión menstrual, y no solo a toallas sanitarias, tampones y copas, como ocurre desde el 1 de enero de 2022. El proyecto lo presentará el ministro Irving Espinosa Betanzo ante el pleno el próximo 8 de enero.
El caso llegó al máximo tribunal tras un amparo promovido por Nueva Walmart de México, que cuestiona la reforma a la Ley del IVA aprobada en noviembre de 2021. La empresa sostiene que la norma excluye otros artículos de uso similar, como panti protectores y ropa interior menstrual, los cuales continúan gravados con una tasa de 16 por ciento.
¿Por qué se impugnó la reforma fiscal?
¿Qué argumenta la empresa promovente?
La compañía promovió el recurso en enero de 2022, al considerar que la legislación vulnera los principios de igualdad, no discriminación y equidad tributaria. Según su planteamiento, todos los productos destinados a la gestión menstrual cumplen la misma función básica y atienden una necesidad biológica, por lo que no existe justificación para un trato fiscal diferenciado.
En una primera instancia, el juicio no prosperó. Sin embargo, en junio de 2024, un tribunal reabrió el litigio y determinó que la SCJN debía analizar directamente la constitucionalidad del artículo impugnado. A partir de entonces, el asunto quedó bajo revisión del máximo órgano judicial.
¿Cómo llegó el caso a la nueva integración de la Corte?
¿Qué ocurrió con el proyecto original?
Inicialmente, el expediente se turnó al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien elaboró un proyecto que planteaba declarar inconstitucional la disposición legal. No obstante, el pleno no discutió el tema antes del cambio en la integración de la Corte.
Con la renovación del tribunal, que tomó posesión el 1 de septiembre, el asunto pasó al ministro Irving Espinosa, quien retomó el análisis y elaboró una nueva propuesta. En ella, se plantea conceder el amparo y extender el beneficio fiscal a todos los productos relacionados con la gestión menstrual.
¿Qué criterios sustenta el proyecto?
El documento sostiene que el Estado mexicano tiene la obligación de promover la salud pública y evitar cargas económicas adicionales a las personas que, por razones de género, enfrentan necesidades biológicas específicas. Negar el tratamiento fiscal preferencial a ciertos productos, señala el proyecto, reproduce desigualdades estructurales.
Además, el texto advierte que el impacto resulta mayor en personas que viven en condiciones de pobreza o marginación, quienes deben pagar un 16 por ciento adicional por artículos indispensables para una gestión menstrual digna, mientras otros productos similares ya cuentan con exención.
¿Qué apoyos externos ha recibido el caso?
En mayo pasado, diversas organizaciones civiles presentaron ante la Corte un amicus curiae, en el que aportaron argumentos a favor de eliminar el IVA en todos los productos de gestión menstrual. Estos posicionamientos refuerzan el debate sobre el acceso equitativo y la justicia fiscal.
La decisión final del pleno podría redefinir el alcance del IVA cero y sentar un precedente relevante en materia de derechos, salud y equidad tributaria en México.
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