SCJN anula cobros diferenciados a trabajadoras sexuales
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó este lunes los cobros diferenciados que el municipio de Oaxaca aplicaba a personas trabajadoras sexuales para acceder a servicios médicos del Centro Municipal de Control de Enfermedades de Transmisión Sexual. El esquema formaba parte de la Ley de Ingresos aprobada por el Congreso estatal y estuvo vigente durante todo el año.
¿Qué anuló la Corte?
Por unanimidad, el Pleno avaló el proyecto del ministro Irving Espinosa Betanzo, quien concluyó que las tarifas vulneraban los principios de legalidad tributaria, seguridad jurídica y no discriminación.
La norma fijaba dos precios para el mismo servicio médico:
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96.16 pesos para quienes ejercían la prostitución en casas de cita, centros nocturnos u otros establecimientos.
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63.35 pesos para quienes trabajaban en calles o bares.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf afirmó que establecer tarifas distintas según el lugar donde laboran “constituye un acto de discriminación institucional, porque coloca a las personas en categorías diferenciadas y las estigmatiza por su actividad o el sitio donde trabajan”.
¿Por qué se consideró inconstitucional?
La CNDH impugnó la norma mediante una acción de inconstitucionalidad, argumentando que los artículos —incluido el 41, fracción II, incisos a) y b)— no solo eran desproporcionados, sino contrarios a la igualdad ante la ley.
Durante la sesión, el ministro ponente subrayó que el Congreso local justificó las diferencias únicamente en el lugar de trabajo, sin relación con el costo real del servicio de salud, lo que generaba una distinción injustificada.
Otros puntos anulados
Además del esquema de cobros a trabajadoras sexuales, la Corte invalidó:
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Disposiciones relacionadas con servicios de bibliotecas municipales.
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Diversas infracciones cuya redacción ambigua afectaba la seguridad jurídica de las personas contribuyentes.
La decisión obliga al municipio a ajustar su normativa para asegurar que los servicios públicos se cobren bajo criterios claros, proporcionales y sin discriminación.
