¿Cómo se aplican las multas por exceso de velocidad en la CDMX y en qué casos pueden alcanzar los 33 mil pesos?
Reforma al Reglamento de Tránsito endurece sanciones y busca mejorar la seguridad vial
Conducir a alta velocidad puede tener consecuencias más graves para algunos conductores. A partir de las recientes reformas al Reglamento de Tránsito y a la Ley de Movilidad, las multas por exceso de velocidad en la CDMX pueden alcanzar hasta 33,942 pesos, aunque estas sanciones aplican solo en casos muy específicos. El Gobierno de la Ciudad de México implementó estas modificaciones con el propósito de fortalecer la cultura vial, prevenir accidentes y proteger a la población.
1. Reformas publicadas y su objetivo principal
El pasado 10 de octubre, el Gobierno capitalino publicó en la Gaceta Oficial las reformas a los artículos 9, 26 y 27 del Reglamento de Tránsito. La medida surgió tras el accidente ocurrido en el Puente de la Concordia, entre Iztapalapa y el Estado de México, donde un transporte con sustancias peligrosas causó un grave incidente.
Las nuevas disposiciones buscan aumentar la seguridad en las vías, sobre todo para los vehículos de carga que transportan materiales tóxicos o peligrosos. A partir de ahora, estos conductores deberán cumplir con límites de velocidad más bajos, horarios restringidos y rutas previamente autorizadas.
2. Límites de velocidad y sanciones para transporte de sustancias peligrosas
El nuevo límite de velocidad para vehículos que transportan materiales riesgosos será de 30 kilómetros por hora. En caso de excederlo, los conductores podrían enfrentar sanciones equivalentes a:
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100 UMA: 11,314 pesos
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200 UMA: 22,628 pesos
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300 UMA: 33,942 pesos
Estas sanciones no afectan a los automovilistas particulares. Además, los transportistas de sustancias peligrosas deberán tramitar una licencia especial tipo E13 para circular dentro de la Ciudad de México.
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3. Multas vigentes para conductores particulares
Para los automovilistas comunes, los límites de velocidad permanecen sin cambios. El artículo 9 del Reglamento de Tránsito mantiene las siguientes disposiciones:
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Carriles centrales de acceso controlado: límite de 80 km/h, multa de 1,131.40 a 2,262.80 pesos.
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Vías primarias: límite de 50 km/h, multa de 1,131.40 a 2,262.80 pesos.
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Vías secundarias o laterales: límite de 40 km/h, multa de 1,131.40 a 2,262.80 pesos.
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Zonas de tránsito calmado: límite de 30 km/h, misma sanción económica.
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Zonas escolares, hospitales o casas hogar: límite de 20 km/h, multa similar.
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Estacionamientos o vías peatonales con acceso vehicular: límite de 10 km/h.
Cada infracción también implica de 3 a 6 puntos en la licencia o en la matrícula del vehículo, dependiendo de la gravedad.
4. Autoridades encargadas de imponer las multas
La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) es la encargada de emitir las boletas o recibos electrónicos de infracción. No obstante, no todos los agentes pueden aplicar sanciones. La lista de elementos autorizados se encuentra disponible en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y puede consultarse de manera pública.
5. Propósito de las nuevas medidas
El endurecimiento de las sanciones forma parte de una estrategia integral para reducir los accidentes relacionados con la velocidad y con el transporte de materiales peligrosos. El Gobierno capitalino considera que la prevención y la educación vial son claves para mejorar la convivencia en las calles.
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