Yasmín Esquivel: licencias de paternidad, decisión del Congreso.
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¿Qué resolvió la Suprema Corte?
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutió este 12 de mayo la validez del permiso de paternidad en Baja California Sur, el cual actualmente contempla sólo 10 días de descanso. Por mayoría de votos, los ministros invalidaron dicha disposición y exhortaron al Congreso local a legislar nuevamente sobre el tema.
Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que la Corte no tiene facultades para establecer directamente la duración de las licencias de paternidad, ya que esta tarea corresponde a los congresos estatales, quienes deben tomar en cuenta la viabilidad económica y presupuestal de cada entidad.
¿Qué implicaciones tendría una licencia extendida?
La ministra advirtió que aprobar una licencia de paternidad de dos meses, sin estudios actuariales previos, podría afectar las finanzas tanto del sector público como del privado. Recordó que las instituciones judiciales no cuentan con la información financiera necesaria para medir el impacto económico de esta medida en los sistemas de seguridad social ni en las dependencias gubernamentales.
Por ello, señaló que imponer una licencia amplia desde el Poder Judicial podría generar efectos no previstos en los presupuestos estatales y nacionales. Además, establecer jurisprudencia en este sentido podría condicionar a otros estados sin un análisis técnico suficiente.
¿A quién corresponde legislar sobre la igualdad?
La ministra Esquivel enfatizó que, en el marco de la reforma constitucional sobre igualdad sustantiva, son los legisladores federales y estatales quienes deben adecuar sus leyes para garantizar una distribución equitativa de responsabilidades entre mujeres y hombres.
Subrayó que lograr este tipo de reformas requiere un proceso progresivo, con pleno respeto a las condiciones presupuestales y administrativas de cada entidad. En consecuencia, consideró que el Congreso de Baja California Sur debe discutir una propuesta de licencia de paternidad que concuerde con su realidad económica, sin imposiciones ajenas a su ámbito legislativo.
Así, la SCJN dejó claro que si bien la igualdad de género es un objetivo legítimo, su instrumentación debe surgir desde el Poder Legislativo, y no desde decisiones judiciales que podrían rebasar sus atribuciones.
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